Mi antigua casera ha estando dándome largas desde que dejé el piso el pasado mes cada vez que la contactaba para que me devolviese los 520€ de la fianza. Primero que estaba de viaje, luego que le faltaba mi número de cuenta, finalmente consigo hablar con ella hace dos días y me dice que no quiere hablar conmigo, que me pasará los datos de su abogada (los cuales sigo esperando), para que YO pague porque hay muchos desperfectos.
Me quedo realmente sorprendida, pues estuve 3 años en esa casa, pagando siempre una semana antes de que empezase el mes, con un comportamiento ejemplar y sin dar problemas ni de pago ni de ningún tipo. Pero lo más raro es que el portero, que a efectos de cotidianeidad era como mi casero, que es quien recoge las llaves cuando me marcho, sube y verifica que todo está en el mismo estado en el que me lo han dado 3 años atrás, y después de verificarlo me marcho.
Por lo visto esa misma noche se mudó una nueva persona un tanto conflictiva (palabras del casero) que se ha estado quejando de todo desde entonces, y por lo que he podido deducir, todo lo que le arreglan me lo quieren cobrar a mí.
Yo estoy llena de dudas, sobre todo una mayor: ¿qué hago?, ¿a dónde me dirijo?, ¿me va a costar más reclamar que quedarme callada y que me roben lo que me corresponde? El portero sigue diciendo que yo tengo la razón y que no entiende como esa mujer no me quiere devolver la fianza.
Hola lorlog. ¿ Tiene usted un documento de entrega de llaves donde se recoja el estado de la vivienda?. ¿ Podría usted probar, llegado el caso, que la vivienda ha sido arrendada nuevamente?.
Entregué las llaves al portero delante de mi pareja. Documento como tal no tengo, pero envié por email tanto la comunicación de mi marcha como la del cambio de suministros a mi nombre. El estado de la vivienda lo verificó el portero, y sigue diciendo que tengo razón, mi pareja estaba presente. Para verificar que está arrendado, lo mismo, el día antes de que yo me tuviese que ir, vino esta nueva inquilina y la vi mudarse. El portero me corrobora que sigue viviendo allí cuando lo llamo. ¿Serviría algo de esto o estoy perdida?
Hola lorlof. La única opción de recuperar la fianza sería interponiendo demanda de reclamación de cantidad y contar con la testifical favorable del portero del edificio.
Gracias de nuevo Jan. "Demanda de reclamación de cantidad", ¿serías tan amable de indicarme cómo proceder o si puedo dirigirme a algún organismo sin contactar con un abogado privado? Obviamente el coste me da temor...
Lorlof
Deberías interponer una demanda por juicio verbal ante el juzgado donde radique el inmueble. En el juzgado tienes modelos de demanda sucinta de juicio verbal. Lo malo es que desde hoy ya se aplican las tasas por juicios por lo que te costará 150€ (más 0,25% respecto de la cuantía reclamada (da las gracias a Gallardón)). Cita como testigo al portero (asegurate que te va a respaldar porque no te olvides que le cobrará algo a la casera por llevarle el tema por lo que asegurate que no se va a poner a su favor).
Saludos
Os cuento porque han pasado cosas. Me he puesto en contacto con el portero y le he pedido que si firmaría por mí un papel conforme le entregué las llaves, todo estaba en perfecto estado y una nueva inquilina pasaba a vivir allí, sin responsabilizarme yo de sus desperfectos, y dijo que sí. Con lo que, con mi documento firmado por el portero, me puse contacto con la abogada de la casera indeseable, y ahí cambiaron el argumento.
Ahora resulta que no me devuelven la fianza, no por desperfectos, sino porque me fui "antes de cumplir la prórroga". Yo estoy en esa casa desde el 2010, y según tengo entendido, después del primer año uno puede irse cuando quiera (que me corrija el que pueda, por favor). Entonces yo se lo he hecho saber, y me dicen que no, que por "desistimiento unilateral" no quieren devolverme la fianza.
Esto es de vergüenza. Si se trata a los inquilinos responsables así, qué se hará con el resto...
Lee el contrato. La penalidad suele ser una cláusula en el contrato por resolución unilateral antes del fin del arriendo o cualquiera de sus prórrogas.
Si nada dice el contrato al respecto te lo deberían devolver.
Por cierto, la fianza se debe depositar en la Oficina del Alquiler de la CCAA respectiva junto con el contrato. Si no han depositado ese dinero les puedes denunciar. La sanción es de 1 mensualidad de renta.
Saludos.
Voy a leerlo esta tarde y os cuento, porque no recuerdo nada al respecto. En cualquier caso, para denunciarles por no depositar la fianza en la Oficina de Alquiler, ¿sería el mismo procedimiento que me indicabas antes de juício verbal?
No, basta con que vayas a la Oficina de Alquiler con tu contrato y les preguntes si han depositado la fianza del inmueble en cuestión. Y si no denuncies allí mismo.
La multa no se la dan al inquilino sino que es una multa administrativa así que personalmente no conseguirás dinero con ello.
Saludos
Bueno, lo de la multa me da un poco igual, yo lo que quiero es obvio, que no incurra en falsedad y sea yo la perjudicada.
Haré todo lo que esté en mis manos porque no se salga con la suya, porque es muy común criticar al inquilino, y siempre pagamos el pato los que buscamos casa y somos altamente responsables, pero nadie habla nunca de los caseros indeseables, que hay muchos por ahí.
Os contaré lo que pase y espero que sean buenas noticias.
MacBeto, ya he leído la cláusula a la que te referías hace un par de mensajes de " resolución unilateral antes del fin del arriendo o cualquiera de sus prórrogas". No me queda nada claro si me beneficia o no, pero suena regulín. Cito:
"Duración del contrato: el presente contrato tendrá una duración de un año (es del 1 de Enero de 2010). Una vez llegado el vencimiento del contrato, este se prorrogará automáticamente por plazos anuales hasta que el contrato alcance una duración total de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo. Manifiesta la voluntad de no renovación por parte del arrendatario, este quedará obligado al pago de la totalidad de la renta del mes natural correspondiente al día en el que se produzca el desalojo".
en esa cláusula no se establece la penalización de 1 més de renta por resolución anticipada, debe de ser en otra cláusula porque en esa lo único que dice es que si te vas el 5 del més pagas todo el més entero.
La penalización debe ser pactada en el contrato según el art.11 LAU y si no está pactada no te la deben de cobrar.
Saludos
Gracias again and again! No existe tal cláusula, phiu!
Esta tarde hago parada en Asesoramiento Jurídico de vivienda de la Comunidad de Madrid, que es un servicio gratuito del que no tenía ni idea, a ver qué me cuentan.
Ya he empezado por ponerme en contacto con el IVIMA, a ver si la fianza está o no depositada. ¡¡Lo conseguiré!! :-))
Hola. Ya hace unos meses de todo esto, pero me gustaría contaros el estado actual, porque seguimos en ello:
De la fianza en el IVIMA se salvó, estaba allí. Entonces puse una demanda por juicio verbal ante el juzgado (fue gratuito), se aceptó y el procedimiento será el próximo 6 de Noviembre.
He pasado unos meses de comunicaciones de todo tipo del juzgado, que si la abogada rechazaba las comunicaciones porque "no era su abogada", que si la propietaria no residía en su domicilio... Finalmente, hace un par de semanas, recibí la última comunicación que me dice que su abogada es de nuevo su abogada y la llevará a juício... Yo no tengo abogado, creí que era algo informal y, con 3 días de plazo que te dan para testigos y demás, jugué con ingenuidad.
Creo que jugaré con mucha desventaja y no sé si pediros consejo o dejar el tema hasta el día 6, porque me inquieta un pelín este mal trago.
Bueno, aceptaré todo tipo de comentarios. Muchas gracias como siempre!