Hola Ainhotxu. En líneas generales la respuesta a su segunda pregunta es afirmativa, ya que ese documento puede ser determinante a la hora de valorar la viabilidad de reclamar la fianza en caso de que ésta no haya sido devuelta total o parcialmente.
En su caso le sugiero que contacte con su arrendadora y le solicite la devolución de la fianza, teniendo en cuenta que el contenido - copie y pegue en su navegador - del siguiente artículo:
En Octubre de 2006 firme un contrato de alquiler de una vivienda a través de una inmobiliaria que ya ha cerrado. Tuvimos que pagar la fianza que era la correspondiente a una mensualidad. Por cuestiones laborales he dejado el piso. En el contrato solo habla de la prorroga de los 5 primeros años y de la necesidad de avisar con 30 días de preaviso pero siempre dentro de los 5 primeros años. He cometido el error de no firmar con la durña ningún documento de entrega de llaves o fin de contrato, he abandonado el piso hace dos meses en perfectas condiciones y revisado por un familiar suyo y no se nada de la fianza. Solo tengo sus datos personales, DNI, numero de tlf y correo electrónico ya que son los medios que hemos usado para comunicarnos (ella parece que trabaja en el extranjero)
Cuales son las vías legales que tengo a partir de ahora? Es determinante no haber firmado el documento de rescisión de contrato?