Hij@ de seis años. Convenio de mutuo acuerdo en 2015, custodia materna y fines de semana alternos y vacaciones por mitad para el no custodio, ambas sin pernocta.
Ahora bien, el no custodio nunca ha cumplido el régimen de visitas ni la manutención.
Las visitas son en presencia de la custodia dos o tres veces al mes, máxime dos horas.
Desentendimiento total por su parte respecto a médicos, escolaridad, entorno social, festividades y cumpleaños. Desde siempre.
Hij@ rechaza a no custodio y tiene miedo, dado que es autoritario, ofensivo, tiene carácter violento y en varias ocasiones le ha levantado la mano.
Tiene antecedentes penales, no graves.
No es constante con la manutención, 2 meses sí 4 no.
Constancia en la policía de un hecho violento hacia la custodia en presencia de hij@ y dos menores más y otro por amenazas a su hij@, no hay denuncia interpuesta.
Conversaciones, fotografías, grabaciones y testigos de amenazas, violencia psicológica y violencia física durante estos años.
Custodia estuvo con medicación antidepresiva 2 años, y terapia psicología hasta el día de hoy por malos tratos.
El no custodio después de seis años, pretende que su hij@ marche con él así porque si, y pretende ampliar el régimen con pernoctas.
¿Cómo se debe actuar en un caso así? ¿Puede negarse a que el progenitor no custodio se lleve a su hij@ de buenas a primeras cuando a éste le apetezca y ante el rechazo y llantos de su hij@?
¿Debería interponer una demanda de modificación de medidas pidiendo una reducción o restricción de visitas, dado que nunca ha cumplido?
De no ser así, ¿Veria oportuno un juez un PEF? ¿Visitas progresivas? ¿Concedería la ampliación del régimen de visitas?
Gracias.
Buenas tardes,
¿Ustedes tienen regulado judicialmente el tema de las visitas con sus hijos? ¿No ha presentado ningúna demanda de ejecución por incumplimiento del pago de la pensión de alimentos y/o régimen de visitas?
Si lo tienen regulado, si el padre quiere ampliar el régimen de visitas deberá presentar una demanda de modificación de visitas. Por el contrario, si es usted quien quiere restringuir aún más dicho régimen de visitas, también deberá presentar una demanda de modificación.
En estos caso, a veces la mejor opción es que el regimen de visitas sea supervisado en un Punt de Trobada donde hay profesionales que evalua la situación y procuran el bienestar de los menores durante las visitas, informando trimestralmente al Juzgado.
Le recomiendo contacte con un abogado para analizar con mas profundidad su caso y ver que es lo que mejo conviene a su hijos y solicitar las medidas que sean necesarias.
Aunque no se si entiendo bien, y aclaro además que no soy abogado, por lo que planteas: habría de ser el padre quien, si no está de acuerdo con las medidas, interponga modificación de medidas.
Si las medidas están vigentes, si el acuerdo fue firmado y ratificado por el juez....esas son las medidas que hay, y por las que hay que regirse.
Si a ti no te convencen las propuestas que el padre hace, no se "acuerda" nada nuevo.
Y si el padre quiere plantear esas alternativas al juez...pues que inicie el procedimiento que corresponde.
En ese caso, también tu, en tu contestación a esa demanda, si se admite, tendrás ocasión de exponer tus argumentos y exponer lo que propones.
¿Mientras tanto me puedo oponer habiendo un convenio de mutuo acuerdo, puesto que nunca lo ha cumplido? No quiere ir con el no custodio y le afecta mucho la situación.