En la empresa donde trabajo, hemos descubierto que desde octubre 08 no ingresan ni declaran bases de cotización alguna, ni abonan los seguros sociales.
se va a solicitar la extinción del contrato. El hecho de no declarar ni ingresar bases nos puede perjudicar de cara a la prestación por desempleo? Y de cara a la pensión de jubilación, ya que faltan 5 para jubilarse?
Estais seguros de que no envian los TC2 que son las bases de los trabajadores a la Seguridad Social? una cosa es que no paguen y otra qe no envien los TC2
ciriaco, lo primero es que pidais un certificado de vida laboral en la SS para confirmarlo, y lo segundo y mas importante es que os pongais en manos de expertos (graduado social, abogado...) para que os lo gestionen debidamente.
El informe de bases de cotización de la TGSS así lo confirma: no aparecen bases de cotización desde octubre 08. el informe de vida laboral está bien, ya que aparecemos de alta en el régimen general sin problemas.
Se ha interpuesto denuncia ante la inspección según propia recomendación de TGSS y asesores, pero nos queda la duda si el no haber enviado las bases nos perjudica en caso de acceder al desempleo y lo mas grave, para posibles jubilaciones
Sí os afecta ya que la prestación por desempleo se os reconocerá por la base minima de cotización del grupo en el que esteis encuadrados, al igual que para la jubilación.
Lo más importante es la denuncia a Inspección de Trabajo, debéis aportar las nóminas de los meses en los que la empresa no ha presentado documentos de cotización, para que el Inspector o Subinspector, remita una propuesta de liquidación a la TGSS para que os cargue las bases de dichos meses.
Suerte.
Es importante que os citeis con el Inspector o Subinspector que os lleve el caso y le aporteis las nóminas, y ya sea por propuesta de liquidación o informe les remita las bases a la TGSS.
La culpa de esto es de la empresa que ha dejado de pagar a la Asesoría Laboral, y estos no realizan ningún movimiento en RED para ese cliente, o directamente se han cancelado como autorizados en RED para esa empresa.
Para desempleo os afectaría del todo ya que la base reguladora diaria se calcula en función de la cotización de los últimos seis meses.
Para la jubilación no tanto pero algo sí, ya que se toman los 180 meses previo.