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No contratación por estar prestando servicios a un cliente (consultoría)

2 Comentarios
 
No contratación por estar prestando servicios a un cliente (consultoría)
12/03/2023 17:17
Buenos días

Esta es la situación:

Soy informático y trabajo en una consultora que presta servicios para diferentes clientes. Actualmente desarrollo mi actividad diaria restando servicios para un importante empresa del sector "retail".

Últimamamente estoy haciendo algunas entrevistas, de cara a cambiar a otra empresa. En una de estas últimas entrevistas con otra empresa consultora, directamente me preguntaron si en mi empresa actual estaba en un proyecto para este cliente (el del sector "retail"). El hecho de estar actualmente prestando servicios para este cliente les impide contratarme. Al parece tienen un acuerdo con este cliente para no contratar trabajadores que estén prestando servicios para ellos (sin importar si el nuevo puesto, en la nueva empresa).

No es la primera vez que me pasa, ya me lo han comentado más veces la gente de RRHH en las entrevistas.

¿Hasta que punto este tipo de acuerdos es legal? Yo no tengo ningún tipo de cláusula en mi contrato. Lo que entiendo es que el cliente final está decidiendo que sus proveedores de servicios no muevan a la gente que les está prestando servicio, para así retenerlos. A mi parece esto me supone un perjuicio.

Abro este tema para el debate. Espero haberme explicado correctamente
12/03/2023 19:13
Informatico1234
Usted puede que no tenga ninguna cláusula sobre competencia desleal pero el cliente con la empresa que va a contratar para prestar servicios impone en el cto una cláusula para que no contraten trabajadores que ya están prestando servicios para la empresa cliente, esto es perfectamente legal, esto a usted puede generarle un perjuicio y no sé hasta qué punto puede usted intentar reclamar daños y perjuicios pero el cliente final puede imponer esas cláusulas.
De demandar tendría usted que hacerlo a ambas empresas aunque no creo que consiga usted nada, esto es muy habitual para evitar fuga de talentos pero a su vez esto tendría que figurar en el cto del trabajador y recibir una compensación económica en su nómina de dedicación exclusiva pero si lo hacen así se ahorran el pago a ese trabajador, a ver qué comentan otros foreros al respecto.
smo
01/07/2023 21:54
Pongo el enlace a un artículo publicado en un blog, relacionado con lo aquí tratado:
https://laboro-spain.blogspot.com/2023/05/clausula-impide-contratar-trabajador.html