Para proceder a la demanda de ejecución en un monitorio que no exceda de 900 euros no es preceptivo el abogado ni el procurador, por lo que simplemente deberás instar la demanda, informando al juzgado de cuantos bienes conozcas del demandado a efectos de decretar su embargo en el mismo auto que la despacha, igualmente puedes instar la averiguación de bienes y derechos de la parte demandada por si resultaren insuficientes los saldos embargados.
Cada juzgado tiene su propia fórmula.en algunos, ante la no oposición del demandado, optan por archivar el procedimiento y abrir otro nuevo de ejecucion.No estaría de más que instases el archivo del monitorio.Pero ya deberás instar la ejecución con Abogado y Procurador.
¿El juzgado admitio a tramite el monitorio?.
¿Hay constancia de requerimiento a la parte demandada?.
Puede que en este momento, para solicitar la ejecucion, tengas necesidad de abogado y procurador.
Lo mejor es que te informes personalmente en el mismo juzgado. ¿Sabes el numero de autos?.