ya tengo la sentencia y en ningún sitio hace referencia al fiscal, ni cual era su postura ni siquiera quien era. La fecha en la que dice que se celebro el juicio tampoco es la correcta (fue 15 dias más tarde de lo que pone). Vale la pena hacer algo o solo me costará dinero???
Gracias
Efectivamente Anna, a eso me refería, que el fiscal hace constar en autos por escrito su postura respecto al caso concreto, con eso se evitan el tener que desplazarse físicamente cada vez a cada Juzgado.
Un saludo.
Hay que ver en las actuaciones si el Fiscal ha informado en algún sentido por adelantado antes de la vista, con lo cual su presencia se excusa por tal motivo. Si no ha informado en algún sentido, habria que interponer recurso de nulidad de actuaciones antes de que se dicte la Sentencia, y si ya se ha dictado, entiendo que cabe recurso de apelación invocando la nulidad. Un saludo.
Vengo del juzgado y en mi caso tampoco se ha presentado el fiscal y por lo que veo en este foro esto es lo normal.
yo tenia entendido que era obligatorio que en caso de separación o divorcio siempre que hubiera menores, el fiscal tenia que estar.
Ante la no comparencencia hay algo que se pueda hacer???
Yo tuve un juicio por lo mismo hace 15 días y aunque el juez titular estaba presente informó a los abogados de que el juicio lo llevaria el juez suplente, el fiscal no apareció, pero nos informaron de que es lo normal y que luego ya firmaria los papeles. Estamos esperando la sentencia.
Ante estas actuaciones que es lo que me aconsejas, Roberto??
Para hacer el recusrso hay que tener la sentencia?? Si recurrimos, hasta que se solucione que sentencia es la que está en vigor???
Muchas gracias.
El Estatuto del Ministerio Fiscal y la nueva LEC obliga a la comparecencia del fiscal en todas aquellas actuaciones en la que un precepto legal obliga a ello y en el caso de las separaciones en las que hay menores es obligatorio , en una ampliación del régimen de visitas dado que puede haber nuevas circunstancias que aconsejen su modificación en un sentido de ampliarlas o restringirlas debería haber comparecido.
Son dos recursos distintos:
Apelación es un recurso en segunda instancia una vez hay sentencia en 1ª instancia.
Nulidad de Actuaciones se propone ante el órgano que fallo en 1º instancia
No es normal. Lo que suelen hacer es que luego el fiscal firma el acta edl juicio. Si la sentencia no os es favorable, poned un recurso de nulidad de actuaciones por incomparecencia del fiscal.
Hola, he tenido esta mañana un juicio para determinar una ampliación del regimen de visitas a mi hijo de 5 años, solicitado por mi y no ha acudido níngún fiscal.Tengo entendido que al haber menores es obligatoria su presencia pues el que defiende los intereses del menor. Mi abogado me ha comentado que en los juzgados pequeños es normal que no se presente. Esto puede afectar a la sentencia?? en este caso quien defiende los intereses de mi hijo si mi exmujer y yo no nos ponemos de acuerdo??
Gracias por vuestras respuestas