Imbuido del espíritu navideño, yo le propongo que no nos aceleremos tanto:
Si paga bien, es tal vez excesivo plantearse resolver el contrato por ese incumplimiento contractual.
Que el incumplimiento existe, es claro, pero ¿está pagando? ¿es un negocio solvente?
Un requerimiento previo para dejar constancia de su postura, tal como le han recomendado, puede ser buena idea.
Y ahora, vamos a ver la parte positiva de que no haya hecho el cambio, porque aunque parezca mentira la hay (en este mundo traidor / nada es verdad ni mentira / todo es según el color / del cristal con que se mira): si el arrendatario le deja de pagar y usted tiene puesto en el contrato, tal como aparece, que está obligado a cambiar los contratos de suministro a su nombre, usted podría cortárselos, y no será delito de coacciones porque el contrato le ampara: hay resoluciones judiciales en dicho sentido. Véase St. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Villanueva de la Serena núm. 32/2019: “Recordar, de acuerdo con lo que se ha señalado en el fundamento de derecho anterior, que el delito de coacciones es un delito eminentemente doloso, de modo que el elemento subjetivo exige el conocimiento y voluntad de cometer los hechos, debiéndose descartar la comisión imprudente. Tampoco cabe la conducta meramente omisiva. Estamos ante una dinámica comisiva encaminada a la obtención de un resultado, consistente en el empleo de violencia o intimidación. No es aquí lo ocurrido. En ningún momento la denunciada procede a cortar el suministro de electricidad. La arrendataria estaba obligada a abonar esos suministros. Pudo la arrendataria poner el suministro de electricidad a su nombre, con la simple aportación del contrato de arrendamiento. Evitaba así cualquier problema en el pago de los recibos. No lo hizo así. "
Y además, si el arrendatario deja el local algún día y los suministros siguen a nombre de usted, se ahorrará un nuevo alta de contrato de agua y luz.
Aquí tiene un modelo de escrito que puede enviar al inquilino:
Su Nombre y Dirección
Ciudad, Fecha
Nombre del Inquilino
Dirección del Local Arrendado
Asunto: Requerimiento para el cambio de titularidad de los suministros de luz y agua
Estimado/a Sr./Sra. Apellido del Inquilino:
Por la presente, me dirijo a usted con relación al contrato de arrendamiento firmado él fecha de firma del contrato para el local ubicado en dirección del local, en el cual se establece su obligación de cambiar a su nombre los suministros de luz y agua correspondientes al inmueble arrendado.
Hasta la fecha, pese a las comunicaciones previas realizadas, no consta que se haya efectuado dicho cambio, lo que supone un incumplimiento de lo pactado en la cláusula número de la cláusula que regula esta obligación del contrato.
En este sentido, le requiero formalmente para que, en un plazo máximo de indique plazo, por ejemplo, 15 días hábiles desde la recepción de esta notificación, gestione el cambio de titularidad de dichos suministros a su nombre. Para facilitar este trámite, le adjunto los datos de contacto de las empresas suministradoras:
Luz: Nombre de la compañía eléctrica - Teléfono: teléfono
Agua: Nombre de la compañía de agua - Teléfono: teléfono
De no realizarse el cambio en el plazo indicado, me veré en la obligación de tomar las medidas legales oportunas para garantizar el cumplimiento del contrato, incluyendo la resolución del mismo si fuese necesario.
Quedo a su disposición para cualquier consulta y agradeceré que me confirme una vez haya realizado las gestiones.
Atentamente,
Firma
Nombre completo del propietario
Teléfono de contacto
Correo electrónico
Buenos dias y feliz año 2025. Tengo un local alquilado desde el 1 de noviembre 2024, debidamente
legalizado por la Camara de Comercio, por 3 años en el mismo se se expecifica que el inquilino cambie a su nombre la lu y el agua. Hasta la fecha no ha hecho caso pese a haberle avisado-
?cual es mi postura? ?que debo hacer si no lo cambia? GRACIAS