La multa la publican en el BOP y usted ya se da por notificada, pues jurídicamente ese trámite es válido totalmente. A partir de ahí todo el procedimiento se tramitará sin que a usted se le notifique nada hasta la resolución, donde volverán a notificarle personalmente, y si no da señales de vida por el BOP.
Entonces un día irá al banco y le harán congelado la cuenta corriente, sin poder disponer de nada cuanto tenga, hasta que no pague, con sus recargos, etc.
Eso es lo que pasa cuando se hace lo que no se debe hacer o se hace caso a radio-macuto, aquellos que saben mucho de todo sin tener ni idea de lo que dicen.
Las notificaciones hay que recogerlas y recurrirlas. No hacerlo hace mucho tiempo que no sirve de nada. La administración no es tonta.
Si la carta está rehusada no te van a volver a notificar ese escrito.
Por lo tanto, deberás esperar al siguiente trámite o puedes preguntar en el Organismo que supuestamente te está denunciando para ver su expediente y actuar en consecuencia.
He hablado con la Jefatura de Tráfico. Efectivamente es una multa por exceso de velocidad (Iba a 135 cuando solo podía ir a 120). Pero lo que me extraña es que es de Enero del 2007 y la notificación me llegó la semana pasada.
¿Se supone que puedo reclamar que la multa ha preescrito?
Creia que eso sería infracción leve. La multa es de 100€ y, si pago antes, se me queda en 70€.
Me han dicho en Jefatura de Tráfico que tengo que preparar un escrito y presentarlo en Sanciones identificandome como el conductor. Imagino que si me presento y me identifico lo podré pagar "in situ" ya ¿no?
Tanto si es una cuantía como otra, la infracción es grave.
Si dices que ibas a 135 cuando estaba limitado a 120, la sanción sería 120 €, pero si es menos, pues eso que te ahorras.
Lo que puedes hacer es primero identificarte como conductor (siempre por escrito y presentado en el correspondiente Registro) y al día siguiente, con el mismo número de expediente, realizas el pago. Puedes hacerlo también ese mismo día, a tu gusto, o esperar a que te vuelvan a notificar.
Buenas,resulta que yo tengo varias multas de trafico y me han llegado todos los avisos y ya he salido en el boletin y algunas multas ya esta por la via administrativa,no trabajo desde hace tiempo casi un año,no cobro paro,todo esto lo hago por miedo a k me kiten como ya me kitaron hace par de años en un solo mes 444 euros,mi pregunta es puedo declararme insolvente para no pagar esas multas?que se debe hacer para declararse insolvente,a dnd debo ir?las multas llegan a los 6.000 euros o sea al millon,me puede pasar algo grave tipo carcel o algo asi?las multas son de no tener el carnet de conducir y de seguro,que me puede pasar?.y preesciben en el caso las multas?.gracias y saludos.
Yo creo que eso de declararse insolvente no cuela.
Lo que si puedes hacer es solicitar un fraccionamiento del pago de la sanción.
Si persistes en cometer ciertas infracciones muy graves te pueden meter en una "base de datos especial" y te podrían imputar algún delito contra la seguridad del tráfico.
Quiero decirte que el legislador se está planteando que ciertas infracciones administrativas dejen de serlo para pasar a ser delito y, que alguien me corrijo si me equivoco, una podría ser el conducir sin carné de conducir.
Por último, esas infracciones tienen un tiempo de prescripción elevado, seis meses o un año, por lo que, normalmente, no suelen prescribir.
Por favor, por la seguridad de mis niños, conduce con prudencia y si no tienes carné, coge el autobús.
gracias por contestar,porque no cuela?no tendria k tener propiedades no?y k mas?.
si fracciono el pago y un mes no lo puedo pagar k pasaria?
otra duda cuando no tenia carnet de conducir eso fue hace poco,vino un policia a casa me dejo un recado para ir al distrito a dejar el permiso de circulacion para que me retiren el carnet de conducir durante un tiempito,mi asombro fue que me dije que me vana retirar si yo no tenia carnet y luego pase del tema,que me podria pasar ahora?
y la ultima a partir de cuando se establece la ley del codigo penal que pasa a sr delito el no tener carnet y seguro? que ahora mi primo esta como yo antes,saludos y gracias por contestar.
La declaración de insolvencia la tiene que hacer un Juez o Tribunal, no tú.
si no pagas en un mes, seguramente te pidan todo de una vez, o vuelves a solicitar otro plazo. Depende de la Administración y que quién te lo conceda, así como de las causas que alegues por la falta de pago.
No tienes que confundir el Permiso de Circulación con el de Conducción (famoso carné de conducir). Seguramente te constarán los antecedentes en la Jefatura y cuando te saques el carné te dirán algo.
Lo del Código Penal, se ha planteado en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso y, supongo, que se estará estudiando.