Las medidas provisionales tienen ejecutividad inmediata, sin admisión de recurso.
Es ya cosa de cada uno decidir si desea esperar a la sentencia, pero poderse, se puede ejecutar ya.
Bueno, son medidas provisionales, no es demanda definitiva todavía.
Se puede hacer ejecución de sentencia de unas provisionales? O es mejor idea esperar a la demanda definitiva y esperar ahí para pedir que haga frente al Capital pendiente que ya fue aclarado que debia hacer frente?.
Tengo una duda y nose si se puede actuar sobre esto.
Explico:
Se puso denuncia penal al padre por impago de la pensión de alimentos.
Fue impago durante unos meses dentro de la interposición de la demanda paternofilial.
Al final se tuvo que pedir una aclaración y resolvieron a favor de la madre en esta aclaración por parte del juez un redactado donde se pedía al padre el pago del dinero
que faltará desde la interposición de la demanda.
El padre solo ha ingresado 150 euros de los 700 y pico que tiene pendientes pero ya ha dejado de ingresar nada, van pasando los meses y aunque si ingresa la pensión mes a mes, todavía sigue pendiente aquello que un juez dijo debía pagar.
Se puede hacer algo al respecto. ? Esa aclaración de deuda de pension de alimentos fue redactada por el juez y el padre no lo ha abonado . Ya le hemos intentado decir pero ha dejado de ingresar 450 que están pendientes.
La denuncia penal se puso, el juez resolvió pero después de medio año el padre no lo ha ingresado.
Se puede denunciar penalmente de nuevo? Es un impago de nuevo de pension? Es un quebrantamiento de la sentencia? Que se hace exactamente? Gracias