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Nie vence y regreso despues?

5 Comentarios
 
Nie vence y regreso despues?
20/07/2012 00:52
Hola, buenas noches!
Quisiera plantearles mi caso:

Mi NIE se vence estando yo de viaje, pero yo salgo de viaje ANTES de los 60 días para poder renovarlo y regreso pocos días DESPUÉS de su fecha de vencimiento. Realmente por un asunto de fuerza mayor.

En vista de ese escenario, Tengo 2 preguntas:
1. Puedo viajar tranquila y regresar con mi NIE vencido, y ya de regreso tramitar la renovación de mi NIE?
2. Puedo gestionar un permiso de regreso por tener caducado mi NIE pero sin haber empezado a hacer los trámites de renovación?

Sé que el escenario es muy irreal, pero debo tomar una decisión demasiado importante!

Gracias.

20/07/2012 12:35
Hola.

1.- La solicitud de renovación de las autorizaciones de residencia, deben hacerse DENTRO de los plazos establecidos. NI ANTES, NI DESPUÉS, porque si se lo hace, el resultado, necesariamente, deberá ser la denegación, por no ajustarse a lo establecido en la normativa reguladora.

2.- El plazo es, dentro delos 60 días anteriores a la caducidad. Luego, se acepta que se pueda presentar, también, dentro de los 3 meses siguientes, pero ya con riesgo de que sea impuesta una multa (que no suele suceder, pero cabe la posibilidad).

3.- Para poder obtener una autorización de regreso, es condición necesaria previa que se haya solicitado la renovación de la autorización de residencia dentro de plazo y que la fecha de regreso esté prevista para cuando ya la tarjeta de identidad de extranjero haya caducado.

4.- Luego, dependerá si por su nacionalidad requiere o no requiere visado para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea y del espacio de Schengen. Si por su nacionalidad no requiere visado, podrá cruzar la frontera si tiene su pasaporte en vigor y no consta como no admisible en el Sistema de Información Schengen. Si, en cambio, por su nacionalidad, requiere visado, será necesario que se provea, previamente, de la autorización de regreso, ya que sin ella y con la tarjeta caducada, no le permitirán el cruce de la frontera y probablemente, ni tan siquiera le permitan embarcar de regreso (las aerolíneas se han vuelto muy estrictas en este punto, porque les puede significar sanciones económicas importantes).

POSIBILIDADES:

A) Es posible, hallándose en el extranjero, presentar la solicitud de renovación a través del Registro del Consulado de España, que se limitará a recibirla, junto con la documentación preceptiva y remitirla a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

B) Igualmente, es posible que, un apoderado suyo, presente la solicitud de renovación, aquí en España, en la misma Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Pero, en cambio, la autorización de regreso, debe solicitarse personalmente, excepto si se trata de menores de edad, en cuyo caso, debe hacerlo el representante legal.

C) No es posible obtener una autorización de regreso en el Consulado de España en el extranjero, en el caso de que llegase a necesitarla.

E) En el caso de que requiriese visado para cruzar la frontera exterior de la Unión Europea, no bastará el resguardo de haber solicitado oportunamente la renovación, sino que será, siempre, necesaria una autorización de regreso.

Un cordial saludo.
27/07/2012 14:14
Mil gracias por la respuesta. Ahora tengo otras preguntas:

Fui a la universidad donde gestioné mi primer NIE (el que tengo ahorita) y ellos me dijeron que para la renovación ellos no ofrecen el servicio. Pero sí me asesoraron sobre los trámites. Me dijeron que para renovar el NIE debo ir a La Unidad de Extranjeros en la C/ García de Paredes, llevar ciertos requisitos y solicitar que ellos envíen dicha documentación a la C/ San Faustino, 23.

Me dijeron que a la copia que yo me quedo de la planilla EX00 debo pedirle que le pongan un sello. Pues supuestamente será eso lo que demuestre que yo estaré en proceso de tramitación de la renovación de mi NIE y demostrar con eso que no estoy en situación de ilegalidad.

PERO, Esa planilla EX00 sellada como recibido que me darán, es suficiente como para pedir la autorización de regreso?

Lo pregunto por lo siguiente. Cuando yo realicé la solicitud de mi NIE actual, esa planilla no servía como resguardo para solicitar el permiso de regreso. Yo tuve que esperar a ir a poner la huella y en ese momento me dieron un pequeño papel que sí era mi resguardo con el que pude gestionar el permiso de regreso.

No sé si ahora es diferente por el simple hecho que antes era para otorgar el NIE por primera vez (no tenía números, ni huella ni nada) y ahora es para una renovación.

Ojalá me puedan aclarar esta duda!
saludos
Leticia

perfil ysp
06/08/2012 14:45
Es muy clara esta respuesta! es bueno poder contar con esta web para aclarar este tipo de dudas tan importantes, tambien para otros. Gracias.
06/08/2012 15:28
Sí, podrá pedir la autorización de regreso.



Artículo 5 del R.D. 557/2011: Autorización de regreso.

"1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, al extranjero cuya autorización de residencia o de estancia se encuentre en periodo de ¡¡¡RENOVACION!!!! o prórroga se le expedirá una autorización de regreso que le permita una salida de España y el posterior retorno al territorio nacional, siempre que el solicitante acredite que !!!!ha iniciado los trámites de renovación o prórroga del título que le habilita para permanecer en España dentro del plazo legal fijado al efecto!!!!!


Hay que distinguir dos situaciones, la solicitud inicial y las renovaciones o prórrogas. En el primer caso la persona todavía no dispone de ningún título válido para permanecer en el territorio, para moverse por el mismo o cruzar las fronteras, por ello el mismo artículo pero en su apartado tercero establece la posibilidad de pedir la autorización de regreso sólo una vez que se haya resuelto favorablemente su solicitud inicial."

Ahora bien, el segundo caso es diferente pues prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento, por ello la cita del artículo que le he copiado antes le habilita para hacerlo.

Como última mención, la renovación ha de hacerse dentro de los plazos señalados que ya los explicó muy bien Condedecartagena.
06/08/2012 15:40
Muchísimas gracias por toda la ayuda!