" Impiden entrar en una boda a una mujer con su cámara de fotos. Existía un contrato de exclusividad de la iglesia con otro fotógrafo. Delito de coacciones.
El Juzgado de Instrucción de Alcobendas condena a los demandados por una falta de coacciones prevista en el art. 620.2 CP. Califica su actitud como coactiva al impedir entrar a la demandante en la iglesia, interponiéndose frente a ella, con su cámara de fotos sin que estuvieran legítimamente autorizados para ello."
Desde luego nuestra Justicia es implacable. No se libra ni Dios. (Es broma)