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negocios que pueden ubicarse en casco urbano

3 Comentarios
 
Negocios que pueden ubicarse en casco urbano
17/10/2010 20:10
Hola a todos, os cuento lo más brevemente posible mi situación. Vivo en un piso situado sobre un local comercial. Hace varios años el propietario de este local decidió poner un Cocedero de Mariscos, y venta de embutidos. Para lo cual el ayuntamiento de nuestra localidad nos envió un documento pidiendo nuestra aprobación. Este negocio, aunque ocasionaba molestias, se podían sobrellevar, por lo que no hubo problemas en dar nuestra aprobación.
Al cabo de unos años, motivado por el “boom inmobiliario”, este señor decidió cambiar de actividad y en este local puso un negocio de alquiler de maquinaria para la construcción, con lo cual las molestias iban en aumento. Pasado un tiempo, decide además, ampliar el negocio dedicándose también a la venta de materiales para la construcción, con el consiguiente aumento de las molestias. Pero no queda ahí la cosa, con esto de la crisis de la construcción, ahora también se dedica a la compra venta de chatarra, con lo que no creo que haga falta que os cuente lo que tengo que soportar.
No estoy muy seguro, pero creo que este tipo de negocios no pueden ubicarse dentro del un núcleo urbano, y aunque mi casa es la ultima del pueblo, se encuentra dentro del casco urbano.
Agradecería mucho si alguien me pudiese orientar o indicarme alguna legislación urbanística donde consultar esta cuestión. Muchas gracias.
18/10/2010 09:19
Las actividades permitidas están reguladas en el PGOU, necesitando licencia cada una de ellas.

Para obtener dicha licencia deberá tramitarse el correspondiente expediente, a los efectos de notificación a los posibles afectados por la proyectada actividad.

Dicho proyecto deberá cumplir con la normativa de las actividades nocivas, insalubres y peligrosas, o la que vigente en tu CCAA.
18/10/2010 11:14
Muchas gracias alga, ¿sabrías decirme donde puedo consultar el PGOU, y la citada normativa de la Comunidad de Andalucia?.
18/10/2010 14:17
El PGOU en el ayuntamiento.

El Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, atribuye a los ayuntamientos competencias en materia de calificación ambiental, supongo que estará vigente.