Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿negligencia? del abogado de oficio

3 Comentarios
 
¿Acaso el defensor de oficio estaba expresamente autorizado por su defenso para oír y recibir notificaciones personales?

Si no existía tal autorización entonces la responsabilidad por la omisión en notificar personalmente al condenado es del juzgado.
21/10/2003 15:09
El acusado NO tuvo conocimiento alguno de la sentencia. Se supone que el abogado sí.
Durante el juicio, el abogado le indicó que se le pedía 18 meses de prisión, y que él conseguiría sólo una multa y 6 meses de prisión (que, al no tener antecedentes, no tendría que cumplir). El acusado le dió conformidad a su abogado, confiando en su palabra. Ahora, lleva unos días en prisión. GRACIAS, vser, por la respuesta.
21/10/2003 13:48
Pero...las Sentencias penales se notifican personalmente al acusado....¿como es posible la cuestión que planteas?? ¿es que no se le notificó tampoco por parte del Juzgado al acusado???. Gracias.
¿negligencia? del abogado de oficio
20/10/2003 12:57
El abogado de oficio no comunicó al cliente que la sentencia le condenaba a unos meses de privación de libertad, alegando que era el cliente quien debía estar pendiente de llamarle para saber si finalmente la sentencia consistía sólo en sanciçon económica o no. Por este hecho, se dió orden de busca y captura. Se personaron en su domicilio agentes de la autoridad, y no le encontraron (estaba trabajando). Al finalizar su trabajo se acercó a la comisaría, para informarse, y fue detenido y enviado a prisión (pues constaba ya como "fugado"). ¿Qué opciones tiene para que el abogado (que, además, en el juicio proporcionó datos demostrables incorrectos) responda del perjuicio ocasionado? Gracias.