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negativa Presid. incluir punto en J.G.

17 Comentarios
 
perfil Kar
16/12/2004 20:44
Justa creo que no hace ni falta que nos digas que tu profesión te gusta, se nota. Pienso que si no fuese asi por culpa de algún personajillo hubieras dejado este foro, pero creo que te puede el ayudar.

En cuanto a lo ingrato de tu profesion te entiendo, yo no soy administradora pero he estado en una Asociación en Gijón, y se un poco sobre eso...de la ingratitud.

Sólo espero que sigas por mucho tiempo por aqui "enseñandonos" a convivir.

Un saludo y Felices Fiestas
16/12/2004 18:50
Gracias Luis, estoy enamorada de mi profesión, pero hace dos años deje de administrar, pues no soportaba los insultos personales. Pero sigo dada de alta en el Colegio de Administradores, como colegiada, escribo libros sobre la LPH y colaboro en un periodico de Madrid, EL UNIVERSO, que saca un suplemento dedicado a la vivienda,los viernes y escribo sobre Comunidades de Propietarios, hacemos una sección de consejos, ponemos una tira de comics, os lo recomiendo, es gratuito y lo reparten en toda la Comunidad de Madrid, no siendo en Madrid Capital.
Espero tener animos para volverme a enfrentar a los insultos, y volver al ruedo.
Sobre todo porque algun Presidente me lo ha pedido y algún vecino. Eso si los menos.
Es una profesión ingrata aunque no os lo creais, pues los administradores que amamos la profesión nos vinculamos a los problemas de las comunidades y hacemos especializaciones en Master y Cursos de Universidades que nos pueden ayudar, y nos dan mas conocimientos.
16/12/2004 15:52
Sin duda Justa, eres una enamorada de tu profesión. FELICIDADES.
16/12/2004 15:33
Dicktrupin, solo soy una simple administradora de fincas. Y me gustaria que me pudieses darme alguna información fuera de este foro.
Me puedes enviar tu correo a info@valcap.es
Gracias
16/12/2004 13:25
De poner en practica lo que dice Dick te puedes encontrar lo que pasa en los medicos "que te den hora para dentro de 6 meses", pues esto un poco de lo mismo, por muy rapido que vaya el juzgado la reunion de aravica ya se habra celebrado y ejecutado sus acuerdos
Por cierto, lo que opinan esos magistrados es lo que dice textualmente la ley para los casos que llegan a juicio, ni mas ni menos, pero llegar a juicio para temas como este donde existe una mayoria clara, es de lelos.

!!!meeenooos teoriaaa y maaaasss pracctiiicaaaa!!!
16/12/2004 09:07
En efecto así es Justa, pero esa misma opinión la comparten Vicente Gimeno Sendra ex Magistrado del Tribunal Conbstitucional o José María Asencio Mellado Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante y Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de Alicante. Por cierto, Don Vicente Magro Servet es el Presidente de la Audiencia. Otra cosa es que su opinión pueda ponerse en práctica porque hay Juzgados en Alicante en que eso sería impensable, así que depende de la casuística y el reparto de los asuntos. Para finalizar te diré que TODOS los asuntos de Propiedad Horizontal en Alicante se resuelven en segunda instancia por la Sección quinta de la Audiencia Provincial de Alicante y los Magistrados que la conforman son José Luis Úbeda Mulero; Visitación Pérez Serra y Mª Teresa Serra Abarca. En fin, yo ya sabía que tienes despacho profesional en Madrid y tú ya sabes algo más de mí. Un saludo.
16/12/2004 09:02
Evidente se puede llevar a juicio, pero el planteamiento de julian es mucho más acertado, pues es mucho más simple y práctico.
La gente tiene la manía de en cuanto algo se sale de madre, llevarlo a juicio, cuando muchas veces existen soluciones más prácticas.
Sea una u otra, lo que está claro en este caso es que el presidente de su comunidad no puede hacer mucho o nada de lo que quiere, dado que tiene a la mayoría en contra.
15/12/2004 22:37
Aranvica, si te sirve de algo mi opinión,Dick Turpin tiene razón, además es la opinión de los Magistrados de la Audiencia Provincial de Alicante,
D Enrique García-Chamón, D. Vicente Magro Servet, y Dña Visitación Perez Serra.
15/12/2004 18:31
Luis 25, el presidente fue elegido por un año, y empezó su mandato el 23 de agosto pasado. Según para qué le queda poco pero para otras cosas puede ser un tiempo muy largo. Como dice Julián, somos mayoría en contra de las barbaridades del presidente, entre otras para "ahorrar" según él, no está haciendo reparaciones como: cambiar bombillas de las farolas que se han fundido, no cambiar los globos rotos de algunas farolas, no facilitar un contenedor (aprobado en juntas anteriores y en vigor) a los vecinos para las podas de sus jardines y del comunitario, mantener en penumbra la urbanización encendiendo sólo la mitad del alumbrado con la consiguiente inseguridad (es una urbanización aislada), pretende reducir el horario del encargado y pagarle menos, cuando el encargado hace las siguientes funciones: reparto correo, mantenimiento fosa séptica, engrase de puertas, pintura, cambio de bombillas fundidas, mantenimiento de la piscina comunitaria, mantenimiento del jardin comunitario (treinta mil metros, lo pongo en letra para no equivocarme), vigilancia nocturna diaria de dos horas y localizado mediante móvil las 24 horas del día y control de las personas que acceden a la urbanización, sobre todo en verano a la piscina. Por todo ello el encargado percibe 1440 Euros al mes, ¡ah! y es autónomo aportando él todos los útiles de trabajo.Y por último y muy importante, teniendo el portero automático de la urbanizacion, no manda arreglarlo, cuando está aprobado en la junta en la que fue elegido presidente, porque dice que es caro. La mayoría de los vecinos le hemos dicho que estamos de acuerdo en ahorrar pero nunca minorando prestaciones. Gracias a todos, ya os contaré en que queda la reunión.
15/12/2004 16:29
Desde mi opinión (no profesional) y depués de leer todo lo expuesto, pienso, reflexiono y pregunto ¿qué tiempo de mandato le queda a ese nefasto presidente? porque si le queda poco tiempo (pocos meses) quizás sería conveniente esperar a que termine su mandato y dejarse de tanto abogado, procurador, juzgado, notario y chupa tintas --esta metáfora tómenselo con humor, por favor--.
15/12/2004 14:53
En esto caso se pueden hacer dos cosas como ya se ha indicado o convocar una reunión o ir a juicio(lo cual es muy poco recomendable).

Entre las dos es preferible siempre no ir a juicio, ya que además de lento, es costoso, en cambio la opción de una junta extraordinaria para destituir al presidente es rápida y barata, con lo cual creo que no hay color.

Puestos a hacer las cosas más expeditivas, convocatoria de una junta extraordinaria para ya (respetando, ese sí, un plazo prudencial como pide la LPH) y destitución, y así evitáis que el presidente haga lo que quiere en esa junta

Pero claro, si sóis mayoría para destituir, sois mayoría para votar en contra de los acuerdos del presidente y siempre podéis convocar reuniones extraordinarias para aprobar puntos.

Es decir, que por muy cacique que sea un presidente, si hay una mayoría en contra, tiene las manos atadas.
15/12/2004 13:55
El Presidente tiene la obliogación de inclur en el orden del día la petición realizada siempre y cuando reúna la petición los requisitos exigidos de escrito dirigido al Presidente y claridad en la relación de asuntos que desea sean incluidos en el orden del día. En mi opinión, para ser operativos el propietario debería acudir a forzar una respuesta del Presidente acerca de la admisión o no de la petición que plantea, incluso acudiendo al requerimiento notarial circunscrito a que conteste sobre la aceptación de la inclusión del punto en el orden del día. Como la convocatoria debe incluir el orden del día y citarse a los propietarios a la Junta en legal forma, si el presidente aún así no incluyera el punto solicitado en el orden del día acudiría urgentemente al Juzgado y plantearía una demanda por el trámite del juicio ordinario, pero solicitando, en base al art. 727.11 de la LEC que se acuerde por el Juez la medida cautelar de ordenar al Presidente que se incluya en el orden del día el punto postulado por el propietario por la vía del artículo 733 de la LEC, es decir, sin audiencia del demandado alegando la urgencia de la medida y la celebración inmediata de la junta. Eso sí, es preciso actuar con rapidez incluso practicando el requerimiento notarial para tener seguridad de que va a tener negativa a incluir el punto y tener más tiempo para la interpelación judicial. Como ves aranvica, cada uno tenemos nuestra opinión y en ocasiones, es diferente
15/12/2004 13:30
Aranvica, ahí tu administrador se ha equivovado, en el apartado de ruegos y preguntas puedes plantear lo que quieras y puedes plantear hacer una reunión al respecto, PERO en el apartado de ruegos y preguntas NO se puede tomar ninguna decisión, porque para que un punto se apruebe, en este caso planteas tú hacer otra reunión, debe estar en el orden del día. Es bastante habitual aprobar puntos en ruegos y preguntas, pero la Jurisprudencia es bastante tajante al respecto, como alguien impugne, no se podría hacer
Lo más fácil es que reunas la firma decuarta parte de los propietarios y se lo entregues al administrador para que él convoque la reunión, aunque de hecho la podéis convocar vosotros directamente pero ya que tenéis administrador que la haga él.
15/12/2004 12:29
Es verdad lo que dice FveHudren. He estado hablando con el administrador y me ha explicado lo mismo. La posibilidad que le he consultado y me ha dicho que sí y que me vale, es la siguiente: En la reunión que ha convocado el Presidente, donde no ha querido incluir el punto solicitado por mí, cuando llegue el apartado de ruegos y preguntas y a la vista del desarrollo de la reunión puedo solicitar que se convoque otra reunión que sólo incluya el punto que no se incluyó.
15/12/2004 11:47
Una vez más te luces en tu respuesta, Lexis: "El presidente no puede negarse", muy bien, y si se niega como YA HA HECHO, qué solución le das? "impugnacion de la Junta ante el Juzgado. " y te parece que esa es la mejor solución?
Pues no, existe soluciones más rápidas y baratas, si el presidente se niega, pues se convoca una reunión con la firma de la cuarta parte de los propietarios o cuotas de participación con el único punto de destitución del presidente, tan sencillo como eso.
Si no obtienes la cuarta parte de las firmas, previsiblemente tampoco obtendrás los votos necesarios para la aprobación de la moción.
Vamos que lo que le decía el administrador era verdad, porque tiene la opción clara de la convocatoria con la cuarta parte o bien el juzgado, cualquier de las dos sirve, cuál es la mejor? evidentemente, si hay mayoría, la convocatoria de la junta.

El hecho de que no seas abogado ni administrador y que no sepas de Derecho, hace que des unas contesaciones que no se acercan en nada a la realidad, te falta la teoría, y además, al no trabajar en ello, te falta la práctica.
Te equivocas continuamente, no te das cuenta que así perjudicas a los demás? o es que te das cuenta y lo que pretendes es eso?


15/12/2004 11:33
Gracias Lexis. Efectivamente, la propuesta (de la que me quedado copia) la he hecho antes de la convocatoria, para ser exactos el 9 de diciembre, y la reunión está prevista para el 8 de enero, aún no nos la enviado el administrador. Te cuento el proceso. El día 9 de diciembre le dejo al Presidente en su buzón el escrito solitando la inclusión del punto, sin enviar por correo, el 10 me llama el administrador y me dice de palabra que el Presidente le ha dicho que no procede la inclusión. En caso de impugnar la reunión ante el Juzgado: cómo demuestro que lo he solicitado y lo que me han contestado. ¿Necesito abogado y procurador?. Gracias de nuevo. Suelo leer tus consejos contestando a otros y me pareces muy bueno.
15/12/2004 09:49
Si has hecho la propuesta de inclusion del punto en el Orden del Dia cuando todavia no se habia realizado la Convocatoria, el Presidente no puede negarse a incluir dicho punto. Lo que dice el Administrador no es cierto y habria que recomendarle que se estudie bien la LPH. La no inclusion de dicho punto es motivo suficiente para impugnacion de la Junta ante el Juzgado.
Negativa presid. incluir punto en j.g.
14/12/2004 23:55
Hola a todos: os planteo una pregunta. El presidente actual de nuestra comunidad es nefasto. Ha convocado una Junta General Extraordinaria para tratar entre otros temas el echar al encargado de mantenimiento (simplemente por animadversión hacia él y para ahorrar dinero, que es su obsesión que también le lleva a no arreglar desperfectos, y a tener a la urbanización en penumbra por la noche, en su afán ahorrador); ha corrido el rumor y varios propietarios le han puesto a caer de un burro (al presidente) diciéndole que hay temas muchos más importantes (y es cierto). Para el 3 de enero próximo ha convocado una J.G.Extraordinaria, y yo le he pedido por escrito que incluya "Analisis y gestion de la Junta de Gobierno. Cese y nuevo nombramiento, si procede" , según art. 16 de la L.P.H.. Se ha negado a incluirlo y el administrador me dice que entonces tengo que reunir firmas entre los propietarios (4ª parte) o 25% de cuota o llevarlo al Juzgado. Entonces ¿para que sirve el artículo 16 de la L.P.H.? ¿No es de interés general para los propietarios la mala gestión del presidente?. Se puede proponer y votar en el apartado ruegos y preguntas de la reunión, que se convoque una nueva para tratar dicho cese? Gracias a quien me conteste.