Si hay Jurisprudencia: Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, sentencia nº 1.151/2008 de 18 de diciembre, además esta la ley de dependencia que modifica la LPH para la instalación de ascensores "Ex novo" y eliminación de barreras arquitectónicas.
El ascensor no es una mejora y por tanto no se aplica lo de las tres mensualidades.
El ascensor es la eliminacion de una barrera arquitectonica y se rige por la mayoria de 3/5 solo si en la comunidad No hay minisvalidos no mayores de 70. Segun usted dice en su comunidad hay al menoos un mayor de 70 y por tanto se aplica la mayoria.
Ok. Supongo que será por la jurisprudencia que existe, no? Porque parece que la Ley dice que es obligatorio cuando no sobrepase el importe de 3 pagos ordinrios (o algo asi) y se trate de minusvalidos y mayores de 70 años. Pero el ascensor vale más dinero que las mensualidades. Por otro lado también dice que los acuerdos deben cumplirse.
No sé, tampoco me he puesto a estudiar la jurisprudencia a fondo.
Hola gente, mi pregunta es que si una vez adoptado un acuerdo en una Junta (es poner un ascensor, no hay minusválidos pero sí personas de más de 70 años) con su mayoria de 3/5, EL QUE HA VOTADO EN CONTRA PUEDE NEGARSE A PAGAR??
En la Ley no lo dice claro, no??
Saludos.