En breve procederé a una baja voluntaria de mi empresa. Debido a las limitaciones del resto del personal, y también a las fechas en que nos encontramos, veo probable que la empresa pida que se graben las videollamadas que haga para realizar una transferencia de conocimiento hacia otros compañeros.
Nunca he tenido objeción en ser grabado (voz e imagen), pero no me siento cómodo con que, una vez abandonada la empresa, esos vídeos estén disponibles a modo de tutorial para cualquier empleado. Sé que para grabar estas llamadas suele ser necesario pedir el consentimiento, pero no me queda claro si yo, como empleado, puedo negarme.
Soy desarrollador de software y mi convenio es el de oficinas de Cataluña.
Buenas tardes, si la empresa ha decidido hacer uso de tales grabaciones podrá hacerlo siempre y cuanto "solicite el consentimiento de la persona y ésta dé el visto bueno", si no, no puede hacer uso de datos personales, ni siquiera para instruir a futuros o actuales empleados, salvo que le hayan colado alguna claúsula en el mismo contrato de tal tenor "podrá usarse los datos personales recogidos por los medios de grabación para los usos que se consideren razonables dentro de la relación laboral ( instrucción o formación, disciplinarios,...) que no es raro aunque pueda parecerlo. Si la empresa, pues, utiliza dichas grabaciones sin su consentimiento no cumple con el requisito de licitud y es plenamente denunciable ante la AEPD e incluso puede que ante los Tribunales por utilizar indebidamente datos personales sin el consentimiento correspondiente. En otro orden, no creo que haya mucha jurisprudencia sobre dicho tema, pero entiendo que si una relación laboral se extingue, también se extinguen los derechos y obligaciones de ambas partes, entiendo que la utilización de grabaciones es una vulneración del derecho a la imagen, aunque sea en el ámbito interno de la empresa. smo.