mi marido quiere separarse pero yo no quiero. le he negado la posibilidad de que sea de mutuo acuerdo y él dice que entonces irá por las malas. puede él de alguna forma obligarme a que le de la separación si yo no quiero...si va por las malas, a cuenta de quien corren los gastos?. de que manera me afectaría a mí que interpusiese la demanda mi marido?. necesito una respuesta urgentemente. Gracias
Para la separación de mutuo acuerdo es necesario que haya transcurrido al menos un año desde la celebración del matrimonio y que se aporte junto a la demanda de separación un convenio regulador.
No es preciso que se alegue ninguna causa sino que basta que ambos cónyuges manifiesten su conformidad de poner fin a su convivencia matrimonial.
En cambio, si la separación es contenciosa es necesario que se solicite por alguna de las siguientes causas:
El abandono injustificado del hogar conyugal.
La infidelidad conyugal: No será una causa válida si existe una previa separación de hecho con la que han estado conformes ambos cónyuges o que ha sido forzada por el cónyuge que desea alegar esta circunstancia como causa de separación.
Violación grave o reiterada de los deberes conyugales, como por ejemplo, la conducta injuriosa y vejatoria (insultos, calumnias, malos tratos físicos y psicológicos... etc.), la homosexualidad, la ausencia de relaciones sexuales con el cónyuge... etc.
Incumplimiento de los deberes respecto de los hijos, por ejemplo, los malos tratos a los niños, el no dispensarles los cuidados y atenciones precisas... etc.
La condena a una pena de privación de libertad por tiempo superior a 6 años.
El alcoholismo, toxicomanía o perturbaciones mentales, siempre que la separación se solicite en interés de la familia.
El cese efectivo de la convivencia conyugal durante un periodo de 6 meses, si ha sido libremente consentido por ambas partes; o 3 años; o 2 sin interrupción desde que se produjera la separación consentida por ambas partes o desde la declaración de ausencia legal de uno de los cónyuges.
Haber sido condenado uno de los dos miembros de la pareja por sentencia firme (contra la que ya no cabe recurso) por atentar contra la vida del otro, sus ascendientes (padres, abuelos) o descendientes (hijos, nietos).
Si tu marido interpone demanda de separación, necesitarás abogado y procurador, pero -en caso de que cumpla los requisitos- podrá solitar que se nombren de oficio (Justicia gratuita). Del resultado del pleito dependerá la condena en costas.