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negarse prueba alcoholemia y resistencia autoridad

11 Comentarios
 
14/11/2012 18:57
Buenas:

Me negue a realizar la prueba de alcoholemia, y me detuvieron, segun ellos presentaba sintomas. Pague una multa de 500€ con reducción. Ahora me llega una notificcion para presentarme a un juicio en calidad de imputado. Puedo coger el abogado del seguro del coche? q me puede pasar?
27/07/2011 19:01
Bien katia, por el de resistencia es posible si la hubo, que es distinto del delito de negarse a hacer la prueba del que tratamos. Quizás el caso que viste data de antes de la reforma del C.P. y entonces sí que se imputaba la desobediencia grave que es el mismo artículo que la resistencia (556). Hoy se les sanciona por el 383. Aunque todo es posible.
27/07/2011 13:06
mil gracias a todos

Saludos
27/07/2011 11:33
Yo si lo he visto recientemente, en un caso parecido al planteado, condenaron sin atenuantes por delito contra la seguridad vial y se estimó la atenuante de estar bajo el efecto del alcohol por el delito de resistencia.

Un saludo,
26/07/2011 18:01
El atenuante del alcohol y fármacos sobre el delito de negarse a realizar las pruebas, no lo he visto nunca, al menos desde que se trata de un delito autónomo contra la seguridad vial. Antes de la reforma, cuando se imputaba el de desobediencia del 556 es posible, pero como digo, en los últimos años no conocí que se diera este supuesto, lo que no quiere decir que no sea posible.
26/07/2011 13:40
El mezclar alcohol con fármacos, más que atenuar agrava el hecho de conducir bajo la influencia del alcohol, pero puede atenuar, o incluso eliminar, la responsabilidad por el delito de resistencia a realizar las pruebas. Eso sí, necesitas un informe forense que diga que tenías anuladas las capacidades cognoscitivas y volitivas, lo que no va a ser nada fácil.

Del permiso de conducir te puedes ir olvidando durante una temporada; una año mínimo si solo te condenaran por el art. 379, entre dos y tres años si te condenan por los dos después de celebrar juicio.

Habría que estudiar la documentación, pero probablemente lo mejor sería intentar una conformidad, si el fiscal estuviera a buenas, que podría quedar en una retirada entre los 16 y 24 meses. Aparte de la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad, en todo caso, por el delito del 379, y la condena de prisión por el 383, que podría quedar suspendida si careces de antecedentes, o sustituida por multa o trabajos.
26/07/2011 12:16
Que no se acuerde no quiere decir que no tenga responsabilidad o que ésta quede atenuada. Sólo queda apechugar y aprender de la experiencia, que al menos sirva de algo.
26/07/2011 12:11
Como para no estarlo!....tolerancia 0 con el alcohol, aunque si fueras famoso, seguro que serian mas benevolentes.

Si puedes aportar algun documento medico que justifique tu ausencia de memoria por la medicacion,puede que eso ayude........aunque si ibas bebido...lo tienes mal, hay mucha sensibilidad con este tema, son demasiados los accidentes que provoca la inconsciencia de algunos conductores.
26/07/2011 09:06
Muchas gracias a los dos, la verdad que estoy muy intranquilo con lo que me pueda pasar

Saludos
25/07/2011 17:15
Y además, si dabas síntomas evidentes:

Artículo 379. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre.

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
25/07/2011 16:05

Consejos no tengo, pero puedo contestar a lo otro:

Artículo 383.

El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.


Negarse prueba alcoholemia y resistencia autoridad
25/07/2011 11:21
Hola a tod@s
Esta semana pasada, me negué hacer la prueba de alcolhemia, además estuve en comisaria detenido, hasta que por la mañana llegó el abogado, dicen por desobediencia a la autoridad.

La verdad es que apenas bebí, el problema que tengo es que llevo años tomando medicación para dormir y antidepresivos.

No recuerdo practicamente nada, nunca me había pasado una cosa asín.
Estoy muy asustado porque vivo del coche, tengo todos los puntos, hace años que no doy un parte, ni multa,..

Me gustaría que alguien me aconsejara y me dijerais, que pena me pueden poner.

Muchas gracias

Saludos