Hay un vecino que tiene una antena industrial, ya que tenía un negocio de televisores en un bajo y según dijo en su día necesitaba una como la que puso, que es grandísima y con muchísimo peso.
El caso es que ya no la usa y nos está destrozando la caseta donde esta puesta, que está encima de la escalara.
Se hizo una junta en donde se acordó que las antenas que no se usan o dañan el edificio tienen que ir fuera.
Después varios meses poniendo escusas ahora no la quiere quitar, aunque no viva en la finca “solo tenía el bajo como negocio”, dice que tiene derecho a una antena.
Se hace otra junta en donde expongo al resto de los vecinos, de poner una antena colectiva,”la mayoría se negaron”.
Hay una ordenanza del ayuntamiento de Valencia donde obliga a la retirada de todas la antenas para poner una colectiva.
La antena está rompiendo el edificio y ella misma está rota “es un peligro”, estoy dispuesto a denunciar al ayuntamiento este tema , y que sean ellos quienes obliguen a la retirada de todas las antenas por ley.
No sé si hay que hacer otra junta o con la que hicimos es bastante, me gustaría saber los pasos a seguir.
Gracias
No indicas en qué fecha puso la antena , pero hay que tener en cuenta , aparte de la Legislación vigente , que la Ley de 23 de julio de 1966 , ( me imagino que la antena se puso posteriormenteb a esta fecha ) ya contemplaba que si se instalaba una antena colectiva , existiendo ya antenas individuales , ello implicaba la obligación de retirar las individuales.
La ley sobre la colectiva estaría en su momento y ahora, pero otra cosa es que se cumpla.
Amenacé con denunciar al ayuntamiento si no se venían a razones para que fueran ellos quien obligaran a cumplir la ley, También les dije que podría llevar una sanción si metíamos al ayuntamiento por medio.
Y al fin han cedido y se están retirando las antenas para poner una colectiva.
Gracias
Mi caso es similar, tengo una antena instalada de hace siete años y con la llegada de nuevos vecinos al edificio, han decidido instalar una antena comunitaria al lado de la mía en una junta de propietarios a la que no asistí.. Me exigen pague la parte proporcional del coste de la nueva antena, a lo que me he negado, basandome en el art. 17.2 de la ley de propiedad horizontal donde se indica: "La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal".
Comentaros que soy de Valencia y desconozco la ordenanza municipal que exige la retirada de todas las antenas privadas cunado se implanta un colectiva en la comunidad.
Rogaria me asesoraseis e indicarais si es correcta mi postura.
Tener presente que voy a pagar de nuevo, por un servicio que ya tengo y en su momento me pague personalmente.
Soy de Valencia y vivo en Valencia capital, lo que te puedo aconsejar o explicarte es mi experiencia, después de dos años peleando sobre este tema, junto con la administradora de la comunidad.
Según nos dijo la administradora existe una ley del ayuntamiento para retirar todas las antenas y poner colectivas desde hace años, pero el ayuntamiento pasa del tema y a menos que exista un peligro no se preocupa de hacer cumplir la ley.
Según la administradora con una mayoría de vecinos que este a favor se puede poner la colectiva retirando la antenas viejas.
Si no has acudido a la junta y nos has votado, tienen la obligación de mandarte el acta de la junta y tú tienes un tiempo para ir al juzgado y presentar una demanda sobre lo acordado en la junta si no estás de acuerdo, si no te mandan una copia del acta por buro fax o certificado, esa junta y sus acuerdos no valen para nada y te puedes negar sin ningún problema.
Ahora como existe una ley que obliga a la retirada de antena a favor de una colectiva, te podían denunciar al ayuntamiento y ser ellos los que te obliguen, porque la ley está a su favor.
Nuestro acuerdo ha sido; retirada de las antenas problemáticas, el conectarse a la colectiva será voluntaria, hay 3 vecinos/as que hace poco se pusieron una nueva por lo de TDT, se les deja esas antenas y si el día de mañana se conectan a la colectiva pagaran la parte proporcional.
Hablas del art. 17.2,siendo una ley del ayuntamiento la que nos obliga, no creo que este articulo sirva para algo.
Un saludo y espero haberte ayudado algo.
mmm
Pues para mí que quizás Benja está equivocado, aunque claro, no lo diría seguro si no tuviese todos los datos y los estudiase.
La Ley de Propiedad Horizonta es Ley, mientra que lo que diga su ayuntamiento, no tiene rango de ley, tiene rango inferior. Y en caso de que se contradigan, la Ley prevalece siempre (principio de jerarquía). Punto.
Eso sí, sólo si se contradice, no si la amplía o complementa. Por eso, esa aseveración de Benja me parece temeraria. Su ayuntamiento, por muy grande que sea su ciudad, no tiene poder de hacer una ley (en todo caso sería un reglamento, ordenanza o bando). Así que no se confíe en ello.
No soy un experto por lo tanto puedo estar equivocado, la administradora nos dijo que había una ley que obligaba a retirar las antenas y poner una colectiva, igual se refería a alguna ordenanza o reglamento del ayuntamiento.