Hola mjf. Lamento comunicarle que si NO consigue llegar a un acuerdo con su Arrendatario para que abandone la vivienda previa indemnización,no le quedará más remedio que esperar a que su Arrendatario manifieste su voluntad de NO renovar el contrato o a que incumpla alguna de sus obligaciones para así poder instar Demanda de Resolución de contrato.
gracias por las respuestas, pero realmente es extraño que ante la imprevisibilidad de la vida no se pueda hacer nada....sobre todo en el tema de traslados laborales.....debería poderse negar la prorroga forzosa eso si, con indemnizacion al propietario...como en la antigua LAU
entonces....a esperar 5 años si no se consigue negociación???
Me parece que la solución puede estar en la negociación con el inquilino, más que en otras cuestiones legales. La ley es clara y la necesidad se debe hacer constar expresamente, y no puede haber sentencias que lo obvien.
Negarse a la prorroga forzosa por necesidad de vivienda del arrendador sin haberlo previsto en el contrato
buenos dias, mi duda es la siguiénte: Sé que en teoría segun el art. 9.3 LAU tenia que haber previsto expresamente en el contrato la posibilidad de negar la prorroga forzosa antes de que trascurran 5 años alegando necesidad de vivienda del arrendador pero olvidé poner esa claúsula en el contrato pues tampoco era previsible su necesidad...la cuestión es que ahora por traslado laboral del propietario es necesario recuperar el piso cuanto antes para vivir el con su familia (no tiene otro piso en madrid y viene de fuera). El contrato se firmó el 9.04.2005, es decir hace dos años..he buscado jurisprudencia que me permita basarme en alguna causa para conseguir que los inquilinos se marchen (por ser un traslado imprevisto,., por ejemplo...)
si alguien me puede ayudar (alguna sentencia, consulta, doctrina....) lo agradecería