Creo que la NTP 959 del Instituto de Seguridad e Higiene
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/NTP/NTP/Ficheros/926a937/959w.pdf
Os lo dejará todo muy claro... eso sí, luego la inspección de trabajo dirá e interpretará lo que le venga en gana y tendreis tantas resoluciones como colores tiene el arcoiris, doy fé!
un saludo
Pues nada achicarrao, el reconocimiento médico es de carácter voluntario, (salvo excepciones), para los trabajadores y obligatorio el que puedan hacerlo los trabajadores, para el empresario, así que si ustedes quieren hacerlo y no pueden porque el empresario no les facilita los medios, nada mas sencillo, denuncie ante inspección de trabajo, sepa usted que las infracciones que afectan a la LPRL son mas jugosas que el resto, ya vera que gracia le hace a su jefe.
SMO.
Hola, soy trabajador de unos empresa casi 20 años, los 17 primeros haciamos reconocimiento médico, pero cuando cambiamos de propietario este nos puso el papel por delante para que firmáramos la renuncia a lo cual yo y otros compañeros no aceptabamos, queriamos hacernos el reconocimiento, en los tres años sucesivos seguimos sin hacer reconocimiento médico ni nos ponen ducumento de renuncia ni nada de nada, Además el primer año que no nos lo hicimos nos dijo un responsable que nos acogieramos a las consecuencias por no firmar, queda dicho.
No entiendo como hay empresarios como el tuyo la verdad. Tu jefa debe saber que la LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES está para algo. Que ella como empresaria debe saber que os debe ofrecer los reconocimientos. Otra cosa es que luego vosotros los queráis o no hacer (en tu caso entiendo que si estás interesada lo cual me parece perfecto).
Por otra parte, esa manía que tienen algunos jefes de pensar que vas a estar todo el día fuera haciendo el reconocimiento médico, tampoco entiendo de donde sale. Pongamos que os citan a primera hora: 8 - 8:30 de la mañana. El reconocimiento médico puede tardar como mucho unos 40 -45 min. Además, sólo es un día al año !!!!!!!!
Increible.
Puedes empezar comentándole que como empresaria tiene unas obligaciones a ver que pasa y a partir de ahí actuar si veis que no hace nada.
Sinceramente me he quedado de piedra leyendo su punto de vista. Por varios motivos:
1º: considero que como conductor, si tiene obligatoriedad de pasar el reconocimiento médico. Le explico: puede que usted sin saberlo tenga una diabetes, por poner un ejemplo. Si usted no sabe que la padece, no le podrá remedio, y por tanto, puede sufrir un contratiempo mientras conduce. Si usted va sólo el problema será para usted, y para aquellos con los que se encuentre por el camino, en el caso de accidente. En el caso de que usted lleve acompañantes o viajeros, la cosa se complica.
No es que se deba pasar como usted dice, un reconocimiento médico, llegado a una cierta edad. Las patologías llegan cuando uno menos se lo espera y hay que prevenirlas y ver si un trabajador teniendo una determinada patología puede ser o no apto para su puesto de trabajo.
La cuestión es que el empresario debe ofrecerle pasar el reconocimiento médico. Y vuelvo a decirle, que sería aconsejable que usted, dado su trabajo, lo pasara, para detectar posibles problemas de salud y prevenirlos. Sinceramente no entiendo que pinta la DGT en todo esto. Es que acaso ellos entienden en cuestión de prevención de riesgos laborales ?
Para que va a utilizar la empresa los actos o no actos ? (por cierto, mal escrito: son aptos o no aptos). En cuanto a los resultados de los reconocimientos médicos, la empresa no los conoce, pues es información confidencial, es decir, todo lo relativo al reconocimiento se queda entre usted y el personal sanitario que se lo ha realizado. La empresa sólo tiene los aptos o no aptos, y en ese documento, no viene reflejado, ningún dato de salud del trabajador.
Por supuesto que hay sectores que tienen obligatoriedad de pasar el reconocimiento médico. Puede revisar la LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Por supuesto usted despúes de esto, puede opinar lo que quiera, pero antes de comentar algo, creo que debería preguntar si está en lo cierto o no. Como ve, por lo que le he explicado, creo que en sus comentarios hay varias cosas que no son ciertas.
La verdad es que no me extraña que haya habido confusiones con la cuestión que planteas, porque según lo escribes parece que los demás tenemos que estar en tu cabeza. Y ni tu tienes porque estar en la cabeza de nadie ni nosotros en la tuya.
Qué no cuesta tanto explicarse mujer...
Cuando dices que ya está bien a lo de Auswitch que comenta el compañero, tampoco lo entiendo, lo que si entiendo es que ha intentado ayudarte.
Además, volviendo a ella, pones "esto me ha llegado esta misma tarde". Si lo cuelgas tú, de donde se supone que te llega ? en cualquier SPA se utilizan este tipo de cartas más o menos parecidas a esta. De todas formas, se agradece el hecho de que lo hayas colgado. Pero por favor, para otras veces, explicate un poco mejor para evitar confusiones.
hola llevo cuatro años trabajando en una empresa en el ambito de la educacion infantil mi jefa me niega el reconocimiento medico todos los años para que no le falte ningun dia!! eso es legal?? hay alguna forma de denunciarla? gracias
hola se que de este post hace varios años pero hoy a mi mujer su jefe le ha echo firmar una renuncia de reconocimiento medico y ella si quiere hacerlo pero la cosa esta como para denunciar .por 50€ de nada que vale hacderlo el negrero que casualidad que es del pp y franquista ay lo dejo...........
Me parece que se estan mezclando dos cosas, Por un lado la evaluacion de riegos y por otro la posibilidad que tienen los trabajadores que voluntariamente quieran, a pasar una revision médica anual, que antes era gratuita y que ahora les cuesta a las empresas entre 40 y 60 euros por trabajador.
En el supuesto que expone rizando el rizo, creo que para exigir tal cambio lo primero es que tiene que estar afecto a iuna incapacidad permanente como mínimo parcial y una vez se ha declarado esta incapacidad tiene obligacion de procurarle un puesto adecuado a su capacidad residual, si este existe o si hay vacante. De lo contrario el trabajador permanecera en su puesto originario y si coomo consecuencia de esa incpacidad su rendimiento disminuyede de una manera evidente como consecuencia de esa incapacidad, no se le podrái despedir por esta falta de rendimiento, pero si dsiminuir su salario hasta un 25%
Las evaluaciones procuran en lo posible no "molestar" a quien las paga. cuando los trabajadores sospechan que existen irregularidades en las valoraciones, mediciones o lo que sea, pueden exigir que intervenga el gabinete de seguridad e higiene dependiente de la inepeccfion de trabajo para que emita el informe que corresponda que se supone es imparcial. Estas intervenciones no son faciles y las mas de las veces son ordenadas desde juzgados de lo social.
A Toni 48 le dire que en caso de accidente de trabajo el que se haya pasado o no la revision no exime ni aumenta la responsabilidad de la empresa frente a ese accidente de trabajo. Primero porque tales revisiones, de modo genérico, son voluntarias y la empresa cumple con la solicitud y ofrecimiento de llevarlas a cabo a cada uno de los trabajadores cuando la mutua les asigna la fecha para ello y segundo, porque lo que va a hacer responsable a la empresa o no del accidente, es que se hayan tomado todas las medidas adecuadas de proteccion; que se haya formado e informado a los trabajadores sobre los riesgos que comporta cada puesto de trabajo; que se haya exigido la utilizacion de los mewdios de proteccion individual a los trabajadores etc. etc.
Yo el sector que conozco y en el que es oibligatorio pasar una revision periodica, es el del mar. Los trabajdores del mar tienen la obligacion de pasar un reconocimiento medico y el presentar a la empresa un certificado medico de de estar apto para el trabajo y si no lo presentan la capitanía marítima del puerto no les permite enrolarse. Rechaza el rol que el armador presenta. Este cetificado que expide el ISM tiene ademas tiene una fecha de caducidad y ha de ser renovado cada x tienpo o mareas.
En este sector ademas de la formacion especifica que el plan de evaluacion prevea y el cumplimiento del mismo. Se exige a los trabajadores el tener hechos unos cursos homologados contra incendios y el saber nadar.
Interesante tema, en mi caso como conductor la empresa se puso pesada con el tema de la obligatoriedad de pasar por la correspondiente revisión médica argumentando el famoso art. 22, el ponerse pesada fué el año que cambiamos de mútua, mientras el jefe de personal se empecinaba que si, yo que no que como obligatoriedad la DGT me decía que si quiero conducir cada 5 años pasar revisión médica y renovar el permiso de conducir y así estuvimos bailando dos años hasta que cansado escribí a inspección de trabajo para que me aclarasen el tema, después de 6 meses me contestaron "que si, que no " el inspector no se mojó para nada. Quien quiera aceptarla como obligatoria que la acepte quien no quiera pues no se pasa y punto.
Mi opinión sobre la revisión, es bueno hacerse una revisión anual sobre todo cuando se pasa de cierta edad, tengo mis reservas sobre la utilización de los resultados que pueda hacer la empresa y no digo sobre saber los analisis sino la lista de actos o no actos.
Sobre el hecho de eximir de toda la responsabilidad a la empresa en caso de accidente o enfermedad por causa del trabajo por el hecho de no pasar la revisión médica no estoy de acuerdo, pues es la empresa la que ha de poner todos los médios para que no ocurra nada y una de las cosas que cogean en este pais es realizar bien las evaluaciones de riesgos "no adaptar las evaluaciones a las necesidades de las empresas y al menor coste posible"
Por otro lado no conozco ningun sector en el cual sea obligatoria la revisión médica.
En todo caso las revisiones obligatorias vienen dadas por algun tipo de documento, carnet de conducir, permiso de embarque para marinos, licencia de vuelo para pilotos comerciales o militares, buceadores profesionales etc. Ninfa si sabes de algun sector o profesión aclaralo, gracias.
Sobre lo que plantea Rizando el rizo, yo creo que es unapráctica habitual de las emprersas sobre todo en las cuales el trabajador es de los de contrato indefinido y con sueldos altos, la táctica es cansar al trabajador para que se canse y se vaya de la empresa o debido a su problema una vez pasado po los 18 mese de baja por enfermedad pase a depender de la S.S. y desaparezca del mapa con los años.
En mi caso he estado de baja 5 meses con una operación de codo por accidente laboral y entre medio han hecho la mencionada revisión esa obligatoria lo que la empresa no entiende como obligatorio es realizarle una revisión previa al alta a un trabajador que ha estado de baja un determinado tiempo por ejemplo 5 meses y eso si que lo contempla la LPRL.
Haber si alguien tiene mas información sobre el tema o jurisprudencia sobre la negativa de hacerse la revisión médica.
Saludos a todos
me gustaria comentaros un caso raro, trabajador al que se le realiza los reconocimientos medicos, del q la empresa tiene constancia que ha sufrido atte, laboral con resultado de hernia discal, diferentes protusiones y operacion, despues varias recaidas, PERO que la empresa se niega a cambiar a un puesto de trabajo compatible con su estado de salud.
Tras denuncias a la inspeccion de trabajo, a la empresa se le abre acta de infraccion por art 25 lprl y falta de medios de servicio de prevencion propio. ¿y que hace la empresa? pues una evaluacion de riesgos en la que minimiza los riesgos del trabajador en el puesto actual,q dice que el puesto actual de trabajo es el que el propio trabajador ha pedido(es falso) y dice que el trabajador se niega a entregar informes medicos de su especialista(la empresa tiene un dossier de años). ¿esto supone que la empresa tiene coartada frente a posibles demandas?¿está la empresa obligada a diagnosticar con las pruebas medicas que fueran precisas en lugar de argumentar que el trabajador "debe aportar informe médico de su especialista", que luego se niega a reconocer que le ha sido entregado?
Agradecería información, ya que la empresa "hila fino" y no le asustan los juicios.
La verdad no entiendo que te quedes de piedra por negarte a hacer una revision médica que la empresa te ofrece y de voluntaria aceptacion por parte del trabajador. En todo caso de piedra se quedará la empresa que la solicita y a la hora de pasarla no la pasas.
Supongo que tendras tus motivos para no querer pasar tal revision médica y, salvo que trabajes en un sector que sea obligatoria tal revision, ,o único que has hecho es no ejercitar el derecho que tienes a esto.
No me parece demasiado afortunado traer al hilo de esta negativa a Auswitch, donde no se hacian preciamente controles consistentes en analisis de sangre y orina; controles de oido y vista; electro cardiogramas etc. y si se hacián no era precisamente para vigiliancia de la salud de los allí internados.
Si eres tú la que ha presentado este escrito a la empresa, no entiendo la razón por la que haya que quedarse de piedra. Está correcto y es legal, ¿cuál es tu consulta?
hey no te lo tomes asi... el escrito esta perfecto. Creia que lo de quedarse de piedra era la negacion al reconocimiento. No te estreses que ya tendras tiempo cuando te atasques camino de la playa. Un saludo y perdona si te he molestado
vamos a ver, no obligo a nadie, entre otras cosas porque he sido YO MISMA la que ha presentado este escrito que cuelgo en el foro para información de todos.
A mi entender, a priori el trabajador esta en su derecho a negarse a realizar ningun tipo de reconocimiento medico. Habria que determinar cual es el puesto de trabajo y riesgos del trabajador para ver si es obligatorio este reconocimiento, deberias leerte la ley de prevencion de riesgos laborales y ver si el trabajador entra en algunos de los supuestos que obliga a la realizacion del reconocimiento medico.
En caso contrario lo que deja de piedra es que obligues a una persona contra su voluntad a pasar un reconocimiento medico, a no ser que la carta este fechada en auswitch y en 1943.
Es una carta de renuncia de un trabajador a que se le realice el reconocimiento médico. Dentro de la ley de prevención de riesgos, en el capítulo de la Vigilancia de la Salud, se explicita que la empresa está obligada a proporcionar los medios para que los trabajadores pasen los exámenes de salud, pero que por parte de éstos, es sólo una cuestión voluntaria.
Salvo que, por las características del trabajo, se establezca la obligatoriedad de las revisiones (Anexo I), el resto es voluntario, aunque las empresas, repito, tienen la obligación de proporcionarlas.
En caso de renuncia voluntaria del trabajador, deberá firmar un escrito como el que aportas con el que la empresa pueda demostrar que ha sido el trabajador quien renuncia y que éste no pueda decir que la empresa no les deja pasar las revisiones.
Buenas tardes, esto me ha llegado esta misma tarde....a ver que os parece
NEGACIÓN RECONOCIMIENTO MÉDICO
EL TRABAJADOR DE LA EMPRESA.
Don/Doña: ____________________________________________________
Nº de ficha: ________________
Puesto de trabajo: ____________________________________________________
Fecha: ___________________________
DECLARO
QUE NO DESEO QUE SE ME REALICE EL RECONOCIMIENTO MEDICO-LABORAL
Según el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, siendo consciente de la responsabilidad que pueda derivarse de mi actitud negativa, y exculpando así mismo a la Empresa, asumiendo cuantas responsabilidades derivasen de mi libre opción, la cual ha dispuesto los medios adecuados y necesarios para la realización del preceptivo Reconocimiento Médico-Laboral.
Y en prueba de conformidad, firmo la presente, en la fecha arriba señalada.