Buenas noches.
Mi pregunta es la siguiente.
He realizado una nueva vivienda y el ayuntamiento con fecha 08/07/18 me comunica que me corresponde el número de gobierno del vecino. Da un plazo de reclamación de un mes.
El vecino reclama en tiempo.
Con fecha 24/10/18 contesta el ayuntamiento y le vuelve a dar al vecino el número que tenía.
Necesito saber si hay silencio administrativo?
Desde cuándo se computa el tiempo desde la primera comunicación?
Siendo que la reclamación ha obtenido respuesta expresa del ayuntamiento, como es el caso, no tienes ningún motivo para entender producido silencio administrativo.
La notificación irregular o fuera de plazo, no afecta a la validez de la notificación practicada sino solamente a su eficacia y al comienzo, en su caso, de los plazos para impugnarla.
Es decir, el efecto que produce el acto tardíamente notificado, es que el plazo de impugnación del mismo se inicia a partir de la fecha de recepción de la notificación.
Por cierto, ¿ qué significa la comunicación municipal de que te corresponde el número de gobierno del vecino?.
En el caso, que el ayuntamiento en su día no hubiera dejado previsto la posible numeración de todas las propiedades de una calle, no tendrá mas remedio que optar por repetir el número con distinta letra. Las letras se asignaran en el sentido de la numeración de menor a mayor.
Pero eso es una decisión que tiene que tomar el ayuntamiento. En este caso, debería reiterar la petición proponiendo usted la solución.