Lo primero es que la casera ni prolonga ni deja de prolongar. La casera tiene que soportar el arrendamiento al menos 3 años. Sois vosotras las que podeis iros al año o a los dos años, a vuestra elección, no al revés.
El contrato continúa aunque se vaya una de las inquilinas porque el contrato es solidario. Sigue con las que se quedan, la que se va se va, PERO al ser solidario, la casera puede pedir la renta a la que se fue por las dos que se quedan. De ahí que el contrato sea solidario.
Es como si al firmar el contrato cada una de vosotras fuera "avalista" de las otras dos frente a la casera (insisto, en que por eso es "solidario"). Lógicamente os podeis marchar, pero al ser solidario la que se va debe responder por las que se quedan en caso de que la casera lo requiera.
Pero se supone que al no estar ya viviendo en dicho piso una de las personas que firmó y haber pasado 1 año y la casera no ha prolongado nada, es como si no hubiese contrato no?
Para no alargar mucho las explicaciones iré directo a la respuesta a tu pregunta:
1.- Las arrendatarias os podeis ir cuando queráis sin pagar nada. La cláusula indemnizatoria que me has transcrito es claramente abusiva. No tienes que pagar nada.
2.- Ahora bien, yo creo que el contrato es solidario y por tanto la casera puede pediros el importe completo de la renta a cualquiera de vosotras aunque se haya ido. De manera que si por ejemplo tu te vas, y tu compañera no paga, la casera puede pedir la renta completa a ti.
En la segunda estipulación del contrato pone:
El arrendamiento tendrá una duración de 1 año a partir del 1 de Octubre de 2015, fecha en la que, de no hacerse uso por la arrendataria de las prórrogas legalmente previstas, se pondrá la ARRENDADORA en posesión de la vivienda, mobiliario y llaves de acceso a la misma. La ARRENDADORA hace reserva expresa del derecho a rechazar alguna de las prórrogas obligatorias conforme a lo establecido en el art. 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos según la modificación introducida por la Ley 19/ 2009, de 23 de noviembre.
El ARRENDATARIO no podrá desistir del contrato de arrendamiento durante el periodo de duración del mismo, quedando obligados si lo hiciesen a abonar al arrendador en concepto de indemnización, daños y prejuicios, la cantidad equivalente a las mensualidades que resten por cumplir, salvo la causa de fuerza mayor u otro suceso accidentalmente imprevisible o no controlable por las partes; en cuyo caso y previo acuerdo podrá ser rescindido sin que hubiere lugar a más indemnizaciones que las establecidas en este contrato. (Art. 1.124 del Código Civil).
Entonces, si ella no ha prolongado el contrato y además una de las arrendatarias abandonó el piso en octubre de 2016, yo, avisando con un mes de antelación y no habiendo ninguna prolongación, podría abandonarlo libre de pagar, ya que ha pasado mas de un año desde la firma?
No, en el contrato consta el nombre del arrendador y el nombre de las tres arrendatarias pero sin expecificar habitación para cada una de nosotras.
Somos estudiantes, por lo cual no tenemos ninguna relación familiar.
Si, pero ¿en el contrato de alquiler especifica qué habitación le corresponde a cada una de Uds?
¿Se conocen Uds de algo o son familiares? (supongo que no).
¿Puede indicarme si en el contrato se especifica si tienen Uds, habitaciones separadas o zonas específicamente reservadas a cada una de Uds. por separado?
¿Pagan cada una de Uds, una parte de la renta por separado o reunen el dinero y hacen un solo ingreso?
Hola,
Estoy viviendo en un piso compartido del cual se firmo el contrato el día 1 de octubre de 2015 por tres personas arrendatarias de dicho piso. Actualmente solamente quedamos dos de las que firmemos en su dia el contrato. Por lo que yo he leído en el contrato la duración de este es de 1 año, y para prolongarlo lo debe hacer la arrendadora de manera legal.
El caso es que yo quiero marcharme el mes que viene de este piso, en el cual estamos dos personas de las que firmemos el contrato y otra a la que la persona arrendadora decidio no hacerle contrato este octubre de 2016.
A la hora de marcharme me han dicho que debo quedarme hasta marzo, que es cuando las otras dos personas dejaran el piso y que si lo hago ahora tengo que seguir pagando.
Mi duda es, si de las tres personas que firmamos el contrato una ya no vive aquí, sigue siendo valido?
Una vez pasado 6 meses de la firma del contrato y avisando a la casera con un mes de antelación no puedo dejar la vivienda aunque las demás quieran continuar hasta marzo?
Si la arrendadora no ha hecho una prolongación legal firmando ningún otro contrato, sigue vigente el del año pasado?
Quisiera saber si puedo irme del piso, sin tener que pagar ninguna mensualidad aunque las otras dos personas decidan quedarse hasta marzo.
Muchas gracias de antemano y un saludo.