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¿necesito procurador?

9 Comentarios
 
25/07/2012 13:33
Por lo penal siempre hace falta procurador o depende del tribunal ?
24/07/2012 19:50
Será un Proc. ordinario por la materia. No solamente hay que tener en cuenta la cuantia.

Pero como hablas de daños, puede que sea una reclamación por responsabilidad patrimonial. Si lo presentaste antes de la reforma el límite entre Abrev. y Ordinario estaba en 18.000, quizá por eso se siga tramitando como ordinario.
24/07/2012 15:09
Os aclaro el tema.
Yo estoy personada sin procurador, es ante un Juzgado de lo Contencioso Administrativo unipersonal, se reclaman unos daños por 26.000€, y el procedimiento pone ORDINARIO.

Yo entendía que en las reclamaciones de hasta 30.000€, el procedimiento era el ABREVIADO.

Repito en toda la documentación consta PROCEDIMIENTO ORDINARIO, y esto es lo que no entiendo.
24/07/2012 11:10
Cierto, un lapsus mío, lo que tenía en mente es que los procedimientos ante órganos colegiados son ordinarios, no abreviados.
24/07/2012 10:50
Puede perfectamente ser un procedimiento ordinario ante un órgano unipersonal y, por tanto, sin ser preceptiva la intervención de procurador.

El tipo de procedimiento no tiene que ver para la postulación.
24/07/2012 08:48
Órganos unipersonales son los juzgados (compuestos por un único juez/magistrado).

Órganos colegiados son los Tribunales (compuesto por varios magistrados).
24/07/2012 01:35
Que es un órgano unipersonal ?
23/07/2012 13:43
Si es un procedimiento ordinario es que estás ante un órgano colegiado, por lo que necesitarás procurador, excepto si eres funcionario en defensa de tus intereses laborales.
21/07/2012 19:12
En sede de la jurisdiccion contenciosa cuando actuas ante organo unipersonal no es necesario procurador en cambio ante organo colegiado si es necesario procurador.
abogadoprocesal@gmail.com
¿necesito procurador?
19/07/2012 09:14
Procedimiento ordinario contencioso- administrativo ¿ necesito procurador o con el abogado es suficiente?