En febrero de 2014 hemos firmado un contrato entre tres chavales para alquilar un piso.En realidad yo llevo en el piso 3 años. Siempre ha habido cambios de inquilinos, y la casera se limitaba a hacer un anexo en la cual se constataba el cambio de inquilino.
Cuando en anteriores ocasiones un inquilino se ha ido, la casera redactaba el anexo que mencione anteriormente y devolvia la fianza a la persona que se iba.
Con el ultimo inquilino que se fue, nos redacto un nuevo contrato donde tenemos constatado lo siguiente:
"La duracíon del presente contrato se pacta por UN AÑO, es decir del 01 de marzo del 2014 al 28 de febrero del 2015, sin perjucio del uso de los arrendatarios del derecho de prorroga por cuatro años adicionales....."
Por otro lado dice esto: "sera de obligado cumplimiento la primera anualidad (particularmente en este caso se permitirá la rescisión del contrato el 28 de febrero de 2015) y a partir de esa fecha, los arredantarios podran rescindir el contato bastando para ello un preaviso de DOS MESES, a la arrendadora"
Por otro lado, me entero que el año pasado hubo una modificación de la ley de arrendamientos urbanos que estipula en su art. 11
"Artículo 11. Desistimiento del contrato.
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."
En el contrato no se estipula indemnización alguna, tan solo se estipula la obligatoriedad de cumplir el primer año de contrato y el preaviso de 2 meses.
He comunicado a mi casera que para el 01 de julio iba a irme a otro alquiler por la mala relación que tengo con mis compañeros de piso. Esperaba que su reacción fuera la misma que tuvo con la marcha de anteriores compañeros. Pero en mi caso, me dice que tenemos un contrato firmado por un año y que debo cumplirlo. Creo que ello se debe a que soy el inquilino que le reporta mas seguridad economica, sabe que tengo un buen trabajo con un contrato indefinido.
Entiendo que hay un defecto de forma y la casera no puede obligarme a permanecer un año con el alquiler de la casa. Necesito asesoramiento sobre cual tendría que ser mi manera de proceder con respecto a este conflicto.