Quizás, antes de nada, fuera conveniente preguntarles por teléfono por si se ha traspapelado.
Anónimo
23/10/2016 10:03
Xiana
Buenos días, soy un Guardia Civil en activo que en el mes de Junio remitió instancia solicitando a una Unidad de Guardia Civil una certificación de haber prestado un servicio en unas fechas concretas, para poder aportarlo como mérito. A fecha actual 21 de octubre, no he recibido respuesta alguna.
Puesto que se han pasado los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo, me gustaría saber si en este caso puedo solicitar la certificación de actos presuntos para poder aportarlo o cual debiera ser mi proceder.
Con la modificación del año 99 se suprimió la certificación de actos presuntos. El artículo 43 de la ley 30/92 que regula el silencio administrativo señala que los actos producidos por silencio pueden hacerse valer y producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse la resolución expresa y su existencia debe ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en derecho, INCLUIDO el certificado acreditativo del silencio producido, este es voluntario. Ahora ya no se computa el plazo para interponer el recurso a partir de la expedición de la certificación del acto presunto o cuando vencían los 20 días para extenderla.
Saludos.
Voy a interponer un recurso contencioso-administrativo, al desestimarse una petición por silencio negativo.
La verdad es que me interesa hacerlo ya mismo pero quisiera conocer vuestra opinión acerca de si es conveniente o no pedir la certificación de actos presuntos y qué pasa si no la pido.