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Nave de aperos

2 Comentarios
 
14/01/2010 21:11
Muchas gracias mirimi, me has aclarado la duda.
14/01/2010 21:03
Si el propietario tiene la licencia del Ayuntamiento, ¿donde está el problema?.
Cuando finalice la obra, esto se comunica al Ayuntamiento, y vendrá el arquitecto municipal que verifica que todo se corresponde con el proyecto solicitado inicialmente, y así darla por finalizada y liquidar si fuera el caso los gastos que se deriven.
Se suele hacer una nueva escritura donde se decriba lo construido, y cuando se lleva al registro de la propiedad, ya registran la nueva escritura de la finca con la nave construida.
Nave de aperos
14/01/2010 20:50
Buenas, a ver me han ofrecido un terreno de 10.000 m2 en un municipio de la provincia de Málaga y el dueño me ha dicho que tiene licencia del ayuntamiento para construir una nave de aperos de 60 m2 que él mismo construirá. Aparentemente no tiene por qué haber problemas pero no me fío mucho. Varias preguntas:
1.- ¿En la parcela teniendo la licencia ya se puede hacer la nave de aperos sin ningún tipo de problema?
2.- Supongo que el ayto o la junta harán inspecciones a la edificación, ¿no? ¿Es conveniente esperar a que hagan las correspondientes inspecciones y esperar los informes de inspección favorables para comprar la finca?
3.- ¿La finca quedaría escriturada y la misma escritura se modificaría para figurar la nave de aperos o la nave de aperos tendría una escritura aparte?
4.- ¿La nave de aperos se registraría en el registro de la propiedad?