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Nave agricola

3 Comentarios
 
05/08/2011 18:02
Al contrario que mis compañeros, yo te doy la razón. El ayuntamiento no te puede denegar una licencia por no ajustarse al contenido de la obra, lo que tiene que hacer es incoar un expediente de restauración de la legalidad, y requeriros para que legalicéis tú nave y las cuadras originarias, y que procedáis a demoler la otra nave realizada. Todo ello suponiendo que no se pueda legalizar la otra nave (habría que estudiar el planeamiento del ayuntamiento concreto y si existen impedimientos).
Respecto al silencio administrativo positivo... no existe, máxime cuando recientemente se acaba de dictar una ley que establece con carácter básico para todo el estado que nunca se podrán adquirir facultades por silencio en contra del planeamiento urbanístico. La motivación... evitar lo que pasó en Marbella. De hecho sólo conozco 2 sentencias que la hubiesen acogido, en contra de la inmensa mayoría que dice lo contrario.

De todos modos, recurre, aunque sea en reposición en plazo la denegación de la licencia.

Yo trabajo en agosto y soy abogado urbanista en todo el estado, si quieres que miremos el asunto sin compromiso, mándame un mail:

letradourbanista@gmail.com
26/07/2011 13:05
No debiste iniciar ninguna obra sin tener las correspondientes autorizaciones de la Junta y la respectiva licencia municipal. Si además se ha ejecutado alguna construcción no contemplada en proyecto, peor.

Como advierte Francisco, ninguna alegación debería ser atendida porque se trata de un único proyecto para el que se solicita una única licencia.

Deberéis tener en cuenta lo indicado en las notificaciones y resoluciones recibidas para saber como actuar y cumplirlas en sus justos términos, que vosotros sabréis cuales son.
26/07/2011 12:07
Mi opinión es que no puedes alegar nada.

Mi opinión es también que debes coger toda la documentación y efectuar una consulta a un especialista en urbanismo.
Nave agricola
26/07/2011 11:52
Hola, mi caso es el siguiente y agradecería antes de meterme en abogado que me informasen un poco. CCAA Andalucia. Finca de 30.000 m2 con sus correspondientes escrituras, en suelo rustico y según aytmo. unidad minima para construir 25.000m2. Solicito licencia de obra de nave de 150 m2 y cuadras de 40m2. Me informo en el ayuntamiento y me confirman que dichas construcciones se pueden realizar. Entrego toda la documentación requerida (proyecto,plan de actuación, pago las tasas de las licencias....etc) todo ello a nombre de la propietaria de la finca. Como la obra se realiza entre dos partes de la familia , yo la nave y la otra parte las cuadras,a la espera de la licencia y viendo que tardaban mucho, mi familiar empieza a construir, pero en vez de realizar la cuadra hace otra nave como la mia. De inmediato yo empiezo tambien mi parte que es la nave verdadera que consta en el proyecto.
La obra se empieza en 2007. La primera notificación que hace el aytmo. es en 2010 con una sanción por construir sin licencia 2 naves. La segunda en 2011 hace unos días con la notificación de denegación de licencia por no acogerse a lo solicitado en el proyecto.
Por todo ello puedo alegar el silencio administrativo en su día, defecto de forma en las notificaciones, porder legalizar la nave que se adapta al proyecto y desvincular la otra, que la sanción se ajuste solo a lo construido de más o cualquier otra sugerencia vuestra, Gracias y un saludo