El otro día me paró la policía nacional, en un "control rutinario".
Preguntaron si tenía alguna navaja, y respondí que sí, puesto que siempre llevo conmigo una multiusos victorinox (La típica navaja suiza), cuya hoja más larga no llega a los 6 cm (Y tiene un sólo filo, claro).
El policía, amablemente, me advirtió que podrían multarme con 300 € por llevar esa navaja, así que haría bien en dejarla en casa.
He estado intentando enterarme de si es así o no, pero no me llevo muy bien con eso de leerme y entender tochazos de leyes incomprensibles :D
¿Alguien podría decirme por favor si es así (A ser posible transcribiendo la ley pertinente)?
(Es que no entiendo la utilidad de una navaja multiusos si no la puedes sacar de casa...)
Hola Milú; efectivamente, te pueden multar con 300 euros...como mínimo.
Te la podrán requisar por el art. 18 de la Ley 1/1992, y te podrán sancionar por el art. 146 del Real Decreto 137/1993 (infracción grave de acuerdo con el art 156).
La navaja multiusos...pues para llevar al monte o para dejarla en casa, en el coche lo mejor es no llevar nada, ni una miserable squirt de leatherman (lo de miserable lo digo por el tamaño, porque su funcionalidad es increíble).