Buen dia, Tengo varias dudas con respecto a la entrevista con la policia: Primero me ha llegado la carta con fecha 7/04l/2011 pero me la han colocado en correos el 15/04/2011, tengo 15 dias para presentar los papeles a partir de que fecha cuentan? Segundo: En la carta dice "Sirvase usted comparecer con los siguientes documentos Original y Copia" entre ellos esta Documento Nacional de Identidad del Conyugue ¿Puedo llevar el DNI Original de mi esposo y no será necesario que el se presente.. al final en la carta no exigen su presencia? Tercero: En caso de que tenga que presentarme con él y solo lleve su DNI porque el esta fuera que pasaría? Cuarto: Me piden Contrato de Trabajo y tres últimas nóminas tanto mias como de mi Esposo, yo tengo todo, pero el no esta trabajando y tampoco esta recibiendo ninguna ayuda ni paro entonces no presento nada de él? Quinto: Me piden contrato de Alquiler, yo lo tengo pero se que no esta pasado por hacienda será esto inconveniente para mí? Agradezco de antemano su valiosa respuesta de verdad estoy muy anciosa con este tema y no se si ya se me va ha cumplir el plazo de presentarme. Saludos
Hola. A la entrevista con la Policía debe comparecer el interesado en adquirir la nacionalidad española por residencia. Si está casado, se pide documentación del cónyuge, pero no necesariamente la presencia del cónyuge, aunque sería recomendable que fuera.
Si usted está trabajando y su cónyuge no, presente su contrato, sus 3 últimas nóminas y además, ya esto como una sugerencia aparte, un certificado de su saldo medio bancario (que indica la cantidad promedio que usted suele mantener en su cuenta e indica que, aparte de lo que usted cobra, tiene cierta capacidad de ahorro). Si dispone de tarjetas de crédito, le recomendaría que hiciera copias de ellas y las adjuntara acompañadas de los 3 ó 6 últimos estados de cuenta. Con esto, se reforzaría lo relativo a acreditación de medios de vida y compensaría el hecho de que su cónyuge no esté actualmente trabajando y que tampoco tenga subsidio de desempleo.
El contrato de arrendamiento: la finalidad de exigirlo es acreditar que el sujeto dispone de una vivienda adecuada. Si usted además adjunta un certificado de convivencia (que lo suelen exigir, al menos aquí en Barcelona), reforzará esta situación.
Aquí en Barcelona la Policía ofrece la posibilidad de que si la persona no es titular del contrato de arrendamiento, que comparezca con una declaración responsable (el modelo lo facilita la Policía) del titular de la vivienda (arrendatario o propietario), que indique que el sujeto vive en su casa con su consentimiento y una copia del contrato o si no lo puede aportar, una copia del recibo de luz eléctrica, agua potable o gas donde aparezca el nombre del titular y alguna carta o comunicación que el interesado haya recibido en el domicilio. No sé donde usted viva, pero aquí en Barcelona la Policía acepta esto, sobre todo, porque en esta ciudad es muy frecuente, por los precios de los alquileres, que la gente comparta piso y tampoco son extraños ni ciegos a esa realidad, en la que los propios españoles están inmersos. Se lo digo por si le sirve de algo.
Estoy muy agradecida por su valiosa respuesta, no sabe cuanto significa haber tenido respuesta tan pronto, hoy mismo entregare todos los documentos incluso los que me sugiere, QUE DIOS LE BENDIGA
Hola, quiero compartir con ustedes que he acudido a la entrevista con la policia en badalona, me pidideron los originales y copias de los documentos que me solicitaron en la carta, ademas entregue los que me aconsejan en el foro, no me exigieron la presencia de mi esposo aunque fuí con él, solo enseñe el DNI original y no fué necesario que estuviese conmigo en la entrevista, no me hicieron ninguna pregunta. me dijeron que este paso era lo último y que ahora quedaba esperar de un a un año y medio. De nuevo gracias a los que colaboran en este foro. Saludos
Antes de empezar le comento mi situación:
llevo en españa desde 2007, aprox. 4 años, hace un año coseguí la protección subsidiaria ( Refugiado ).
desde 2007 hasta 2010 he estado como estudiante residencias temporales del asilo ( iba renovadolas cada cierto tiempo ), he estado en españa sin interrupción hasta que me dieron la residencia del asilo en 2010.
Mi pregunta es: ¿ apartir de cuando puede solicitar la nacionalidad española ?
¿ El tiempo que he estado con la estancia se considera al pedir la nacionalidad ?
Si es verdad se consideran los años de estancia mias, entiendo que con el estado de proteccion internacional puedré solicitar la nacionalidad apartir del año que viene 2012, pasando 5 años desde la fecha de entrada a españa, ¿ es verdad ?
Hola, creo que los permisos como estudiente no te cuenta para lo de la nacionalidad, te cuenta como refujiado y depende de tu pais de origen, para unos 10 años y para otros 2 años de residencia legal, de todas formas esperemos a que el experto condecartagena te lo diga con exactitud, el siempre me saca de dudas, mucha suerte!