sanri, he de suponer que tu permiso de residencia continua en vigor, de lo contrario no hubieses podido solicitar nacionalidad, asi que no veo motivo alguno que te lo prohiba, a no ser que estes incurso en proceso penal y tengas que presentarte cada dia al juzgado. osea con tu pasaporte en vigor y tu permiso de residencia no hay obstaculo para que puedas salir del pais.saludos
El requisito del año de residencia y al menos un año de matrimonio con español lo cumple.
El punto está en que durante el proceso, debe ser llamada a una entrevista con la Policía, para elaborar el informe del Ministerio del Interior, que preceptivamente debe recabarse dentro del procedimiento. Si la persona no está en España, no podrá ser localizada y no podrá comparecer a la mencionada entrevista. Esa entrevista tiene por objeto determinar la legalidad de la permanencia del extranjero en España y que no cuenta con antecedentes policiales registrados.
Es un procedimiento largo, en el que, si bien en principio solo se debe comparecer a la entrevista con la Policía luego de que los documentos estén en el Ministerio de Justicia, no es menos cierto que podrían requerirse otras diligencias, si acaso, a juicio de quien debe resolver, se tornan necesarias (hay gente que en su momento no aporta documentos que prueben suficientemente "buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española", que debe quedar suficientemente acreditado, esto dilata un poco el procedimiento).
Las personas con autorización de residencia en España, en régimen comunitario, pueden entrar y salir libremente de España. Pero no pueden permanecer más de 6 meses fuera, porque se produce la caducidad de la tarjeta por ausencia. En este caso, para cuidar la residencia conviene regresar periódicamente, sobre todo, ya que tramitando un procedimiento de nacionalidad debe quedar claro en todo momento que el sujeto reside en España, aunque viaje mucho.