Buenas noches; quiero saber, si la cónyuge de un funcionario de consulado puede aspirar a la nacionalidad española por residencia; llegaron a España hace tres años, ambos desde luego son extranjeros. Gracias.
Hola. ¿Es cónyuge extranjera de funcionario de consulado español que ha retornado a España? , ¿o es cónyuge de funcionario de misión consular acreditado en España?
Lo digo porque, los diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España, no están sujetos a la Ley de Extranjería, sino a las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares y no se los considera residentes en España; a ellos se les extiende una documentación especial, que se las expide el Ministerio de Asuntos Exteriores y que nada tienen que ver con las tarjetas de identidad de extranjero que expide el Cuerpo Nacional de Policía a los extranjeros que han obtenido una autorización para residir o una autorización de estancia por estudios.
Distinto es el caso del personal que labora en un consulado, pero que no tiene estatus diplomático, ni es funcionario consular de carrera, sino que son trabajadores sujetos a la legislación laboral del país donde el consulado está acreditado. En este caso, como estarían sujetos a la normativa de Extranjería y obligados a contar con los correspondientes permisos de residencia y trabajo, sí podrían solicitar la nacionalidad española por residencia, dependiendo del tiempo previo que se les exija en razón de la nacionalidad.
Si es cónyuge extranjera de diplomático o funcionario consular español en el extranjero, la ley hace la ficción de que se entiende que tiene residencia legal en España, aunque viva en el extranjero.
Hola Conde, gracias por tu respuesta oportuna; ella es esposa de un funcionario de misión consular acreditado en España; su esposo es funcionario de carrera, entonces de acuerdo a lo que me respondes, no es posible su nacionalidad, a pesar de llevar tres años en España y ser de un país iberoamericano. Gracias y buen día.