Soy colombiano, me puedes decir en que fecha presentaste los papeles para la nacionalidad y en que comunidad autonoma?. Yo he cumplido los 2 años y aun no me ha salido.
Cuando efectúes la aceptación de la nacionalidad española mediante el juramento o promesa que establece la normativa tienes un plazo de 180 días para pedir que se haga la inscripción de nacimiento de tus descendientes, de menor edad legal, en el mismo Registro Civil en el que se habrá practicado la tuya. Infórmate en el Registro Civil.
Efectivamente necesitará autorización para salir de Colombia, por ser menor de edad.
Y sobre los beneficios, si, tu hijo podría beneficiarse de ello. Pero para tales fines, tiene que tener residencia en España. Puedes hacer por lo pronto la reagrupación familiar.
Saludos,
Maciel
Experta en Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Soy colombiana y dentro de 15 días me conceden la nacionalidad española; beneficia esta situacion a mi hijo menor que se encuentra allí? que debo hacer? será que necesita permiso del padre para salir de Colombia? yo soy quien trabaja y vela por él; muchas gracias por vuestra respuesta.