Pabloz04: el procedimiento tarda, aproximadamente unos dos años, poco más o poco menos.
Yiyiyaya: el interesado en solicitar la nacionalidad española debe haber cumplido íntegramente y sin interrupción el período de residencia exigido, según su nacionalidad o situación particular, ya que la Ley exige que la residencia sea LEGAL, CONTINUADA E INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA SOLICITUD.
Si usted es iberoamericano y sigue siendo residente legal en España, hace mucho tiempo que podría haber solicitado la nacionalidad (usted dice que es residente desde 2001, es decir, hace 10 años).
Amigo asumiendo que Ud. no es iberoamericano (con lo cual tendría la ventaja de poder pedir la nacionalidad tras 2 años de residencia legal en España), si Ud. tiene "residencia" desde el 20 de enero del año 2001 pudo haber solicitado la nacionalidad a partir del 20 de enero de 2011.
En su caso, no hubo interrupción entre cuando Ud. estaba como estudiante y como residente, ya que aunque su resolución haya salido en octubre (no por su culpa, sino por demora de la administración), Ud. en ese interim, nunca quedo sin documentación, con lo cual pudo haber solicitado la nacionalidad prácticamente al año de haber tenido la residencia.
Lo que no se, es si para ese entonces (2001), la Dirección General de Registros y Notariado aceptaba el tiempo como estudiante para computo en el tiempo de residencia para solicitar la nacionalidad.
Hola a todos, a ver si alguien me pudiera resolver este tema, se lo agradeceria de antemano.
Fui estudiante durante 9 años hasta el dia 30 de septiembre del año 2000, que es cuando caducaba la tarjeta de estudiante. Bien, justo cuatro meses antes solicite el permiso de residencia y trabajo, recibi la resolucion en octubre del mismo año. despues de los tramites que conlleva, ya sabeis, la tarjeta de residencia empezo el dia 20 de enero del año 2001. Mi pregunta es, puedo solicitar la nacionalidad? he oido algo de interrupción de residencia legal. Gracias
Estando 2 años con una visa de trabajo por ejemplo, podría obtener la nacionalidad? una vez cumplido los 2 años cuanto tiempo tarda aproximadamente el tramite? muchas gracias!
Hola. Por Ley de Memoria Histórica no hay vía posible. Y tampoco puede acogerse a lo que usted indica, de residir legalmente solo un año, ya que esa posibilidad está reservada a HIJO y NIETOS de padre o madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles. Pero usted es bisnieto y por ello, no entra en las categorías comprendidas en el precepto legal (art. 22 del Código Civil de España, puede consultarlo usted mismo en Internet).
Solo le quedaría la vía general, de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, en su caso, por ser nacional de origen de país iberoamericano, solo le bastarían dos años. Pero debe ser RESIDENTE, no sirve hallarse en situación de estancia por estudios.
No puedes hacer nada. La Ley de Memoria Histórica es para nietos de españoles que hayan sido exiliados durante la guerra, en tu caso como es por bisabuelos no puedes hacer nad.a
Hola ! quería ver si me pueden sacar una duda que tengo, soy Argentino y mis bisabuelos por parte de mi padre eran Españoles.Me ha llegado un comentario de que por tener descendencia española puedo tramitar la nacionalidad solo en España residiendo legalmente por el periodo de 1 año. Quería informarme haber si esto es cierto, estaré muy agradecido si me pueden ayudar , desde ya muchas gracias.
salud atte;
Lopez Pablo.