hola mi pregunta es : soy española y mi marido es extranjero llevamos 1 años y 3 meses casados y mi marido ya tramitado hace un mes la nacionalidad española queria saber si tarda la resolucion lo mismo para casados con española que por residencia ?y tambien tenia una duda porque mi marido lleva dos años residente en españa pero siempre ha trabajado en negro sin cotizar y ahora acaba de empezar a trabajar en una empresa hace dos meses y esta cotizando queria el no estar trabajndo antes le perjudica a la hora de la resolucion de la nacionalidad .muchas gracias
Tanto como si estas casado con un español como si no los tiempo en resolver son los mismos inclusive a veces tarda un poco mas para los que estan casados ya que el ministerio de justicia antes de emitir una resolucion pide al registro civil local presentacion de otra ves el acta de matrimonio y cosas de estas para constatar la convivencia continuada, ( pero solo algunos casos lo que alarga mas el proceso).
Despues de haber metido la nacionalidad les llegara una carta con el numero de expediente y la fecha de entrada en el ministerio de justicia, despues en unos dias le citaran en la comisaria de policia donde tendra que llevar de nuevo todos los documentos inclusive si ha empezado a trabajar que lleve contrato y nominas.
De hay a contar dos años desde la entrada en el ministerio de justicia ( no en el registro civil) para obtener resolucion.
en total unos tres años con la jura de constitucion y unos meses mas para obtener el acta de nacimiento.
Hola. Tengo cita en Diciembre para la solicitud de mi nacionalidad. Quería saber 2 cosas.
La 1ra es que tengo mi partida de nacimiento legalizada desde mayo 2009, me sirve o tengo que solicitar otra?
La 2da consulta es sobre la acreditación de medios de vida. Mi esposo es español; pero ninguno de los 2 Aen Venezuela. Sirve presentar la declaración de la Renta de los 2 y un certificado de ingresos Notariado? Y si esto sirve, debo tambien legalizarlo? Además de esto, puedo agregar movimientos de nuestras cuentas? Tenemos cuentas en un Banco de España y un Banco en Estados Unidos.
Gracias
1. es recomendable que la documentacion sea lo mas reciente posible.
2. Todo lo que sean ingresos les sirven sean de españa o fuera de ella, presenta la documentacion que acredite este hecho y bastara, declaracion de renta, certificado de ingresos, movimientos bancarios, si tienen propiedades o viven alqulados, si pagan un seguro privado tanbien anexarlo.
Disculpa; pero la declaración de la renta, certificado de ingresos, seguros, propiedades, movimientos bancarios, etc... hace falta legalizarlos de alguna forma o no?
Y muchisimas gracias.
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.