Buenas tardes,
A ver si alguien me puede contestar a la siguiente duda:
Padres colombianos, residen en España, su hijo ha nacido en España y se ha solicitado la nacionalidad por valor de simple presunción, ya se ha notificado por parte del Registro Civil una certificación literal de inscripción de nacimiento, pero en el mismo documento pone literalmente;
Esta anotación tiene valor de simple presunción y carece de valor probatorio propio de la inscripción.
Ahora se solicitará un permiso de residencia de Arraigo Familiar por progenitor de un menor nacionalizado español, y uno de los requisitos es aportar el certificado de nacimiento literal del menor, pero al indicar en el mencionado certificado de nacimiento del menor que no tiene valor probatorio, entiendo que este documento no será aceptado por extranjería.
Sabe alguien por experiencia si lo están aceptando o hay que hacer otro trámite para obtener un certificado de nacimiento donde aparezca la nota marginal, como en cualquier certificado literal de nacimiento?
Nos hemos puesto en contacto con el Registro Civil que emitió el documento y nos dicen que ese documento es el que ellos notifican siempre y que no tiene por que haber problema, pero creo que si lo habrá.