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¿nacionalidad caducada?

1 Comentarios
 
30/10/2013 10:52
Hola.

El plazo de 180 días para comparecer a jurar se comienza a contar desde la fecha de la notificación oficial. Y la notificación oficial es un acto formal, en el que la persona notificada debe acusar recibo de la notificación y ese acto lo debe practicar el Encargado del Registro Civil (y algunos Registros Civiles notifican y toman el juramento el mismo día, justamente para no perjudicar al interesado).

Los datos que aparecen en la página web del Ministerio de Justicia solo tienen finalidad informativa, pero no tienen valor, ni mucho menos efecto de notificación oficial.

Si aparece que le ha sido concedida la nacionalidad en esa fecha, podría solicitar cita para jurar ante notario, a través del siguiente enlace:

http://nacionalidad.notariado.org/liferay/web/nacionalidad/inicio

Un cordial saludo.
¿nacionalidad caducada?
30/10/2013 00:33
buenas conde de cartagena necesito de su ayuda y asesoramiento me concedieron la ancionalidad el pasado 16 abril2013 y vi la pagina por internet en octubre digame es posible que haya perdido la nacionalidad pues dice que pasados los 180 dias se pierde la concesion pues no he ido al registro civil de badalona es donde inicie la aplicacion de nacionalidad que puedo hacer