Hola Tenemos una duda , sobre en qué cuenta contable contabilizar EL FONDO DE RESERVA ? unos dicen en la 1010- FONDO SOCIAL , otros en la 127 , otros gestores dicen en la cuenta del grupo 6 .......en fin en el presupuesto inicial de una Comunidad, creeemos que por lógica, debería ir en una cuenta del grupo 1 . En el presupuesto ¿ en qué cuenta contable deberíamos anotar el FONDO DE RESERVA ? GRACIAS
En el Grupo 1 se integran todas las cuentas relativas a la financiación a largo plazo de la empresa, bien sea mediante aportaciones de los socios, capital social, beneficios no distribuidos, RESERVAS, o financiación de terceros cuyo vencimiento es superior al ejercicio económico de la sociedad.
Teniendo en cuenta que se aplica el Plan General Contable adaptado a las Comunidades de Propietarios, le diré que la cuenta que registra la reserva legal en una sociedad -y el fondo de reserva no deja de ser una reserva legal- se contabiliza en la 112; las reservas voluntarias en la 113, las especiales en la 114 y las estatutarias en la 114.1.