El órgano de administración de la SL tiene que estar nombrado en la escritura de constitución de la sociedad y, obviamente inscrita en el R.M. En el momento en que se firma la escritura de compraventa interviene el representante de la sociedad, que, o bien es el nombrado en la escritura fundacional o cualquier otra que tuviera poderes otorgados para vender. En el caso de que a fecha de hoy la sociedad no tuviera representante legal, por haberle sido revocados los poderes o por renunciar él mismo, habría una escritura en ese sentido, que tendría que estar inscrita en el R.M. para que surta efectos legales. En este caso habría que convocar una Junta General de los socios para que nombre un administrador o persona con poderes para que ejrcite las facultades que constan en los Estatutos Sociales o siquiera la de poder enajenar, vender, gravar, etc.. Si está la hoja del RM cerrada tendrás que presentar los impuestos de sociedades de los últimos ejercicios no prescritos y depositar las cuentas anuales en el RM que le corresponda por el domicilio social.
Tengo un problemón: una SL realizó una venta de un piso años a! El comprador no inscribió en su momento, y ahora quiere inscribir, pero resulta que cuando se realizó la c-v el admor no estaba inscrito. Ahora el comprador quiere inscribir y mi SL está inactiva. y sin admor inscrito. Que puedo hacer?? Como le puedo facilitar al comprador que inscriba su piso??? Gracias