No hay ninguna norma que diga que la pensión de alimentos no es aceptada por el fiscal si es menor de 100€... Puede plantearse incluso pagar un porcentaje de los ingresos. No será válida la clausula de que la parte custodia no va a reclamar alimentos, es el derecho de la menor a recibir alimentos por tanto la custodia no puede decidir retirarle ese derecho. Mejor que el acuerdo recoja que no paga si no tiene ingresos o que paga un porcentaje sobre los ingresos. No tiene porqué firmar nada que no le satisfaga.
La hija no tendría a que ir al juzgado a no ser que pretendan discutir con quien convivirá, si ambos están de acuerdo que viva con la madre la menor no parece lógico que deba ser escuchada por el juez.
Sí tiene derecho a pensión compensatoria cualquier parte que quede desfavorecida económicamente por el cese de convivencia.
Lo lógico es que actuara según consejo de su abogado...
A ver, si el negocio ella lo ha montado con posterioridad al divorcio, realmente el divorcio no te perjudico economicamente, puesto que en ese momento estariais los dos en igualdad de condiciones ¿no? Si despues ella tiene mas suerte, o mas iniciativa y monta un negocio en el que le va bien, no tiene logica que tu pidas una pension compensatoria. Es lo mismo que si os toca la loteria a uno de los dos cuando ya se ha extinguido la sociedad de gananciales...
Gracias por las respuestas.
He leido en internet que yo podria reclamarle a mi conyuge una pensión compensatoria, porque el divorcio me ha perjudicado economicamente.
Mi situación actual es desempleado y en cambio ella tiene un negocio propio, que le va muy bien.
El negocio lo puso posterior a la ruptura y yo no puedo pedir ayudas economicas porque no tengo a mi hija a mi cargo.
¿Qué posibilidades hay de conseguir esa pensión compensatoria?
Estoy de acurdo con que han de fijar en el convenio un mínimo para la pensión de alimentos de lo contrario el Fiscal no aceptara el convenio. Pues los progenitores estan obligados a compartir los gastos del menor.
Otra posibilidad que se me ocurre es fijar una custodia compartida en el convenio y de ese modo evitar la pensión de alimentos, ya que compartiran los gastos del menor de todos modos.
Si no ratifican judicialmente el convenio no tendrá valor en todo aquello que tenga que ver con el menor (regimen de visitas, pensión de alimentos....).
Lo que no tiene mucha logica es que firmes el convenio de mutuo acuerdo y luego no te ratifiques... para eso dile a tu ex que directamente vais a un contencioso.
Es cierto que hay que fijar una pension de alimentos minima, sino el fiscal de menores no aceptara el convenio. Es cierto que tu ex puede posteriormente reclamarte si no la pagas, aunque verbalmente te haya dicho que no te la va a reclamar, pero no pienses que en un divorcio contencioso el juez y el fiscal de menores van a determinar que no se fije pension de alimentos a favor de la hija menor.... Si este es el unico punto de discrepancia (la pension), no creo que la niña tenga que ir al juzgado a nada, asi que eso de que lo quereis hacer asi para evitar a la niña ir al juzgado no tiene mucho sentido.
Y disculpa pero para mi aun tiene menos sentido que digas que tu quieres acabar como amigos y tu mujer no, y debido a ello, no firmas para que tengais que ir a un contencioso.... la verdad, no le veo ningun sentido ni creo que a ti te beneficie en nada...
100 euros minimo, no te va a aceptar el acuerdo el juez si pones menos cantidad, eso es lo que le dijo la abogada a mi pareja cuando le hizo el acuerdo de custodia de su hijo pequeño.
No se fie de esos jueces de género (femenino) y firme un mínimo simbólico, con renuncia de la otra parte en caso de enfermedad, imposibilidad, etc.
Incluso la estancia en la cárcel está vetada y el sistema persigue atormentar a los varones en forma de inquisición moderna...
Hola.
Mi mujer y yo vamos a solicitar el divorcio de mutuo acuerdo.
Tenemos una hija de 15 años, pero yo me encuentro en el paro y no cobro actualmente ninguna prestación económica.
Las condiciones que me ofrece su abogado son éstas:
Su abogado dice que ella se compromete a no reclamarme legalmente nada si yo no puedo pagar la mensaualidad de la manutención de mi hija, pero que tienen que poner una cantidad minima en el convenio regulador, que las visitas a la niña, se harán si la niña quiere y que todos los gastos de abogado corren por su cuenta.
Yo opino que debido a mi precaria situación económica, no voy a poder hacer frente a ninguna cantidad, por muy pequeña que sea.
¿ Debo firmar el divorcio de mutuo acuerdo en ésas condiciones? ¿quién me garantiza que mi ex mujer no me demande por impago, si se le cruzan los cables???
La verdad que no lo veo muy claro, porque no me fio mucho de mi ex, pero lo queremos hacer así, para evitar a la niña tener que ir al juzgado.
Otra pregunta:
Le he pedido a mi mujer reunirme con ella para acabar como amigos, por el bien de nuestra hija, pero en vista que no está por la labor, me parece que no voy a firmar la ratificación ante el juez, para que lo tenga que hacer por lo contencioso y sea el juez el que determine la cantidad.
En este caso ¿puedo faltar el dia de la ratificación para que el juez archive el caso, o tengo la obligación de comparecer??
o dicho de otra manera: ¿si no comparezco, el juez automaticamente archiva el caso?