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Mutuas laborales

3 Comentarios
 
Mutuas laborales
perfil ce
17/08/2005 11:18
HOLA:

Mi pregunta es la siguiente, las mutuas son entidades colaboradoras de la seguridad social, pero a la empresa realmente por las contingencias comunies o accidente laboral no les cobran nada sino que reciben los fondos de la s. social entonces ¿ Que diferencia hay entre unas y otras ? ¿ La calidad del Servicio? pero si perciben lo mismo las que funiconan mal no tiene sentido que perciban las mismas cantidades de dinero.
Gracias
17/08/2005 13:04
Las Mutuas Laborales son entidades colaboradoras de la Seguridad Social en materia de Accidentes y Enfermedad Laboral. Actualmente pueden colaborar, si las empresas conciertan con ellas el servicio, en materia de contingencias comunes también.
Las empresas pagan por los riesgos laborales que corren sus trabajadores unas cantidades que están determindas por los Epígrages de accidente (pej. El epígrafe para los administrativos es el 113, por lo que la empresa paga un 0.99% sobre la base de Cotización de Contingencias Profesionales).
Estas cantidades son las que van destinadas a la Mutua con la que la Empresa tiene un concierto suscrito (anual), el cual puede rescindirse como mínimo con un mes de antelación al término. Para ello, hay que suscribir otro concierto.
Principalmente lo que diferencia unas Mutuas de otras es la gestión y también los servicios paralelos que te pueden dar (por ejemplo, en materia de traumatología, rehabilitación, etc) por un coste mínimo o sin coste, pues es personal que tienen contratado en plantilla, por lo que no les supone más coste. También es importante los centros de asistencia (o concertados ) que tengan cerca de tu centro de trabajo.
El hecho de que funcionen mal, es un handicap, pues perciben fondos en función de sus empresas afiliadas, por lo que si a ti no te gusta, te cambias y ello le repercutirá económicamente (aunque teóricamente no tengan ánimo de lucro y tengan que devolver el excedente a la Seg. Social.

Un saludo.
perfil ce
17/08/2005 14:06
Gracias por la informacion Ferran, lo que queria aclarar es que si yo no contrato ningún servicio aparte de rehabilitacion etc lo que cobra una mutua por estar con ella en funcion de lo que corresponda segun el epigrafe es lo mismo en esa mutua que en otra, es decir el perjuicio que yo le puedo causar es que deja de percibir mi parte
17/08/2005 14:09
Efectivamente, y ya es bastante si finalmente son muchas las empresas que opinaran como tú.
Está claro que todo va en función del balance entre lo que ingresan por tí y la parte que terminan devolviéndote por IT de tus trabajadores. Si el balance es negativo, te dejarán ir muy gustosamente.