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mutua

2 Comentarios
 
15/03/2008 08:09
El empresario se hace cargo de tu nomina, al estar de baja, los primeros quince dias. A partir de ahi, del día 16 en adelante, te puede abonar tu empresa igualmente en pago delegado o a través del INSS o Mutua (si tu empresa tiene concertada las prestaciones economicas de IT con ella).
Tres primeros dias nada (o la totalidad segun convenio)
Del 4 día al 15 el 60% de la base reguladora, por la empresa.
Del 16 dia al 20 el 60% de la base reguladora por INSS o Mutua.
A partir del 21 día de baja, el 75% de la base reguladora por INSS o Mutua.
Por convenio, se puede cobrar la IT en su totalidad (100% del sueldo).
14/03/2008 19:38
Si mientras te hallas de baja médica, continuas contratada en la empresa, es la empresa la encargada del abono.
Mutua
14/03/2008 19:37
hola! a partir de qué día se hace cargo la mutua del pago de mi nómina? o es siempre el empresario el que tiene que pagar? Muchas gracias