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mutua

6 Comentarios
 
Mutua
29/10/2007 13:28
Hola buenos días, tengo que interponer una demanda conta la mutua de trabajo, ¿debería interponer primero una reclamación previa o una conciliación? gracias.
29/10/2007 21:39
Tendrás que interponer una Reclamación Previa ante la Mutua, y en el plazo de 30 días si no recibes comunicación de la misma, deberás iniciar demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente.
29/10/2007 22:04
me podrías decir donde puedo encontrar lo de la reclmación previa, parece mas lógico una conciliación, la mutua no es administración ni tiene nada que ver.

tengo un escrito muy informal de denegación de mi prestación, esto me sirve de algo para evitarme la previa e ir al juzgado en algun plazo? muchas gracias.
29/10/2007 22:20
Las Mutuas de A.T. y E.P. son Entidades Colaboradoras del INSS, por lo que a la hora de llevar a cabo quejas, tendrás q interponer reclamación previa ante la misma.
Al hacer funciones encomendadas a la Administración (INSS), regulado por R.D. 575/97, es por lo q deberías hacer lo mencionado.
Por supuesto que la conciliacion o arreglo previo evita todo lo planteado, pero hay q ser realistas, y las mutuas no estan por la labor de conciliaciones.
29/10/2007 22:48
¿también tendría que hacer otra previa contar el inss? y que hago con un escrito que tengo en el que dicen que no conceden la prestación, pero en dos líneas, , algo muy informal, lo tomo como contestación y en dos meses máximo me voy al Juzgado, o lo inicio con la previa? gracias
30/10/2007 07:32
En el escrito de denegación de la Mutua, debería indicarse en que se basa la misma, para denegarte la prestación de IT.
Te pongo esto para q leas:
Todas las cuestiones referentes al reconocimiento y disfrute de las prestaciones incluidas dentro del ámbito de protección de la Seguridad Social pueden ser objeto de impugnación en el orden jurisdiccional social. La Ley de Procedimiento Laboral que regula este tipo de impugaciones exige que, con carácter previo, se formule una reclamación previa.

Denegada la reclamación o transcurrido un mes sin haber sido notificada la resolución, el interesado podrá formalizar una demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente.
Resumiento, solo interpones R. Previa ante la Mutua y el plazo de espera de respuesta es de un mes.
Te agradecería si puede ser, indicaras en que se fundamente la Mutua para denegarte la prestación, igual podría informarte mejor. Un saludo.
30/10/2007 10:05
El supuesto concreto es una chica que solicita una prestación por riesgo en la lactancia aportando toda la documentación que necesita;informe médico, certificado de no reubicación, y declaración de la empresa de los trabajos realizados, diciendole el medico de la mutua que no hay riesgo para la tabajadora, sin mas, por lo que no se si esto se puede considerar como contestación o no. gracias.