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MUTUA: alta médica / accidente trabajo

4 Comentarios
 
Mutua: alta médica / accidente trabajo
21/02/2008 10:15
¿qué hay que hacer si la mutua da el alta a un trabajador de baja por accidente de trabajo y éste no está todavía al 100% y, por tanto, no puede desempeñar su trabajo?

¿puede la mutua dar el alta por esta situación o es en última instancia el médico de familia quien tiene potestad para darla tras la recomendación de la mutua?

gracias
21/02/2008 18:49
En los accidentes de trabajo el médico de familia no tiene potestad ninguna. Si la mutua ha dado el alta es porque el trabajador puede desepeñar su trabajo, si no puede, tendrá que volver a ir a la mutua y si aún así la mutua estima que esta apto para trabajar, habrá que denunciar.
22/02/2008 16:55
La mutua me da el alta por curación sin haber cesado los dolores y me remite a la S.S.pese a mi negativa.Voy por urgencias a la S.S. y me encuentran algo que la mutua no quiso mirar.Tengo en mi poder todos los informes y pruebas de la mutua y quiero demandarles.
¿Qué tipo de abogado debo de consultar?
¿cuánto tiempo tengo para ello?
¿puedo hacer algún tipo de reclamación ante la mutua para que tengan constancia de mi parecer?
¿Son procesos largos o muy caros ? Pruebas medicas , aportación de peritos , etc.
Como ahora estoy de baja por la S.S. dentro de poco la mutua me llamará para ver que me pasa y mi pregnta es ¿hasta que punto les debo de contestar a un problema que ellos no quisieron tratar?
Y por último estando de baja puedo viajar para pasar el fin de semana con mi pareja (unos 100 Km) por supuesto yo no conduzco.
Un saludo y gracias de antemano.
22/02/2008 17:42
Si los dolores son derivados el accidente de trabajo, deberás acudir nuevamente a la mutua pero ésta tiene potestad para no reconocer la relación entre el accidente y las dolencias que padeces, además de enviarte a la S.S. Sólo te queda demandarlos para lo que necesitaras un Graduado Social o abogado especilizado en estos temas. Estando de baja, tienes que pedir autorización a la Dirección Provincial del INSS que te corresponda para que te den autorización. Normalmente no ha problemas salvo que salvo que el viaje te perjudique.
24/02/2008 07:34
India, estoy de acuerdo con Asesor@ en casi todo, solo difiero en lo que respecta al permiso de desplazamiento estando de baja, que corresponde el mismo a la Inspección Médica del Servicio Público de Salud de tu Comunidad, al ser por un período tan corto, y no sobrepasar el plazo de 7 dias (q es cuando te corresponde recoger el parte de conf. semanal) y entendiendo que no se van a agravar tus dolencias, no creo q tengas problemas para ese permiso.
Con respecto al alta de la mutua, yo intentaría aplicar el Plan B, antes de denunciar a la Mutua (Reclamación Previa) a través de abogado o Graduado Social, yo me personaria en mi Insp. Médica SPS, y a traves del Inspector, remitir escrito a la Mutua informando de esa patología que no vieron, siempre y cuando entendamos que esta relacionado con el Accid. de Trabajo, si la respuesta sigue siendo negativa, no hay mas remedio que acudir posteriormente al Juzgado de lo Social (es importante esto, pq pueden quedarte secuelas definitivas No invalidantes, que aunque no te impidan trabajar en un futuro, traen consigo una indemnización por baremo de las mismas). Un saludo, y espero haber podido ayudarte.