En casa de un familiar qué se encuentra en primera línea de playa, ocurre qué hay un chiringuito de playa qué lleva todo el verano desde las 19,30 a las 22 horas con música en directo de altisimo volumen. Ésto está permitido?
Bueno, el chiringuito puede que este situado en terreno de la comunidad, ésta lo tenga alquilado, etc. y en ese caso sí que sería un problema de la comunidad. Por el contrario, si se encuentra en terreno público, la recomendación es una queja formal al ayuntamiento de forma particular o por medio de firmas para reforzar el suplicatorio al consistorio.
Pues dígame usted cómo abogado en qué foro encaja esta pregunta, pues yo lo desconozco, , AUNQUE las personas que han contestado han sido muy explícitas. Saludos
Este es un blog de los problemas que existen en las comunidades de propietarios.
Eso es un problema entre una persona que tirne una casa en la playa y el cgiringuito de al lado le da el follon.
Se equivoca mRispp, yo no he dicho que sea abogado, como el 99.99 de los que opinamos.
Usted se creé que un profesional de la abogacia, va a perder su valioso tiempo, en blogs a cambio de nada.
Al menos en este blog, algunos somo conocedores de la LPH. pero desengañese abogado, uno si acaso
Se que hay abogados que contestan. , tampoco sé sí sin muchos o pocos Aún así no se dónde ubicar mi pregunta , por eso lo hice aquí pues el problema es de una casa de la cual es propietaria. Dejémoslo así, la pregunta al ayuntamiento como dicen.