Efectivamente, a recibir las aguas, pero debidamente canalizadas y sin causar perjuicios, séase están obligados a soportar servidumbres, de las canalizaciones, no que a se les llene de tierra y barro cada vez que llueve. Si esto no sería así, prácticamente el terreno bajo sería inutilizable, viviríamos todos en el monte, amigo.
Pagaste la primera limpieza y ahora te pide que limpies otra vez los daños causados por el agua.
Tu vecino por desconocimiento construyo un muro para que el agua de lluvia y los materiales que arrastra no entrara en su parcela, vulnerando la legislación vigente.
Si hubieras sabido lo que previene el articulo 552 del Código Civil español, te hubieras evitado hacer la consulta en el foro que además es exclusivo de Propiedad Horizontal, pero siempre esta bien ayudar a quien desconoce un tema. Este articulo contesta por si solo a tu consulta con una claridad meridiana, no quiero decirte que dice el citado articulo, prefiero que lo sepas por ti mismo.
Que haría yo en tu lugar?
Lo primero no pagar ni un céntimo al vecino, lo segundo aconsejarle, que para la buena vecindad de los dos, que no proteste, porque el muro de contención es denunciable, y lo tercero, decirle al abogado de tu vecino, que le invito a que lea cuanto previene el articulo 552 del Código Civil español, (digo español, porque en Cataluña tienen su propio Código Civil, no vaya a ser que el asunto este en Cataluña), le servira mucho en su profesión, no todo lo tiene que saber un abogado naturalmente, antes de mandar reclamaciones, que sepa si procede.
Fíjese qué perspicaz fue Ud., que la primera vez admitió la culpa y pagó la limpieza, ¿por qué debe ser diferente ahora? No hay otra respuesta que le que se le ha dado, el que perjudica debe poner los medios para no hacerlo, y los medios deben ser técnicos que Ud. puede asesorarse en los foros adecuados o consultar a un arquitecto. Ahora, si Ud. pregunta como evitar el pago que supone, pues decirle que no hay fórmulas mágicas, legales, ilegales, todas las que quiera, pero no le aconsejo utilizarlas y ahora, pregúntele al de al lado del bus, cuáles son.
Si crees que tienes toda la razón del mundo,pues espera al juicio y ganarás de sobra, no se pa que preguntas en el foro, si no vas a aceptar otra opinión.
Gracias por la aportación, no quisiera ofender, pero el comentario es tan simple y entra tan poco en la cuestión que vale lo mismo para cuando vas en el bus al lado de otra persona como cuando tiendes la ropa empapada en lejía
Tengo un terreno rural y desde hace 30 años el vecino, colindante que tiene una parcela urbanizable, construyó un muro de contención de unos 80cms de altura.
Mi parcela está en pendiente y cuando llueve mucho el agua sobrepasa el muro y cae barro y piedras al interior de su parcela urbanizada.
Me reclama la limpieza y me pide que actúe sobre mi terreno (rural) para que eso no suceda.
La primera vez le pagué la limpieza, pero la segunda vez no y me lo reclama por medio de un abogado.
A mí me parece que lo único que sucede es que el muro es insuficiente o que no drena el agua o las 2 cosas.