Tiene que haber al menos una distancia de dos metros entre la propiedad y el borde que da a su patio. De todas formas, es muy posible que eso conste en las ordenanzas de la zona, e incluso que el muro sea ya de por sí ilegal, por lo que se le sugiere que pida la correspondiente información en su ayuntamiento o que confíe en un técnico de la construcción la tarea de indagar cuál es la normativa aplicable.
Muro de contención entre dos parcelas y altura mínima de coronación
Tengo una casa en un pueblo de Albacete, linda por detrás con unas casas que están en una cota más alta, es decir están sobre 6 metros más altos que mi casa. En su día el vecino relleno e hizo una pared a modo de muro de contención, pero con los años se ha ido filtrando agua y se hundió la pared sobre mi patio. Por ir por buenas yo no avisé a mi seguro ni nada, al cabo de unos meses lo ha reconstruido pero para ello ha tenido que hacer una zapata en mi terreno para no retranquearse el, a lo que nosotros accedimos. Pero no contento con esto ha dejado un mirador a mi patio, yo creo que esto no puede ser legal. Les agradecería mucho su respuesta.