pensaba que se lo habia explicado correctamente, pero veo que no llega a entenderlo.
Se ha aprobado en junta por 3/5 la obra?
NO?
pues entonces no puede hacer la obra
Mi vecina tirará todo el muro de carga y pondrá viga. Mi pregunta es. Si yo vivo encima tengo que irme de casa cuando estén haciendo lo de quitar el muro de carga? Es peligroso que yo esté viviendo encima cuando hacen eso? Es que tengo una niña pequeña y estoy muy preocupado
Por lo que yo se no lo saben todos los vecinos. Y no ha presentado a la comunidad el informe del arquitecto. Pero 3 vecinos mayores dieron el visto bueno porque no sabían de que iba. Mi pregunta es. Sino lo saben todos los vecinos, y además no ha entregado el informe del arquitecto pie de tirar con las obras o es nulo hasta que no lo sepan todos los vecinos y presente el informe del arquitecto?
lo que ha hecho el vecino no sirve para nada:
tiene que solicitar junta al presidente para tratar el tema y en esa junta lo debe de aprobar los 3/5
DE TODOS LOS PROPIETARIOS (se lo remarco para que lo entienda).
ejemplo en su comunidad son 20 propietarios, en el momento de la junta 12 propietarios tienen que decir que si. cosa muy dificil de conseguir
lleven mucho cuidado con esa obra, pienselo bien el dar el permiso
los ausentes no pueden votar de recibir el acta
lea art. 10.3
b) Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de
participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna parte; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.
y 17.8
8. Salvo en los supuestos expresamente previstos en los que no se pueda repercutir el coste de los servicios a aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo, o en los casos en los que la modificación o reforma se haga para aprovechamiento privativo, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia mediante comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción.
Hola buenas,. Vivo en un edificio de mínimo 60 años, vivo en un Arico y mi vecino de abajo nos reunio a todos para comentarios que quitaría todos los muros de carga, y que pondría alguna viga.. Dice que lo ha visto un arquitecto. Mi pregunta es, puedo pedirle el informe del arquitecto? Me puedo negar a que haga la obra? Podemos pedir la comunidad que un arquitecto lo mire aparte del suyo?
Lo primero sería que un técnico viese si efectivamente es un muro de carga. No es necesario visitar el piso en cuestión, pues vale con ver el mismo piso superior o inferior. Si finalmente es de carga, la estabilidad del edificio está en serio riesgo y no tardará en aparecer fisuras.
Los consejos de Pasacero no suelen tener mucho sentido ni se ajustan a la legalidad.
Es lo que tiene no saber de estos temas.
Qué podéis esperar de alguien que afirma ser una mujer casada cuando sabemos que no es cierto?
No compares casos.
Los bomberos, porque alguien haya tirado o tocado un muro de cargas, no apuntalaba gratis.
Otra cosa son fisuras o grietas de gran tamaño.
No se puede llamar a los bomberos por esas cosas, tienen cosas más importantes que hacer que meterse en temas vecinales que no son de su competencia.
Lo de bomberos, completamente en serio, por experiencia propia en dos vigas fisuradas a la altura del 1º piso.
Aviso al ayuntamiento también lo hicimos, la contestación después de tomarse su tiempo, fue que contratásemos a un Arquitecto. (Cosa que ni se me había ocurrido porque ya sabéis que soy tonto)
Como iba a más ante un rugido del forjado avisamos bomberos y apuntalaron gratis.
El Ayuntamiento solo se preocupó de cobrar la licencia de obras. Buscamos planos en el consistorio, y estaban desaparecidos, no sabían nada.
Otra vez ante un vendaval que nos voló el tejado, también bomberos gratis, fuegos gratis, desatascos gratis. Por lo menos en esta mi provincia.
Medición dB. Gratis. Eso sí multas de tráfico, a manta. IBI, basuras, agua, alcantarillado, por las nubes.
Convocamos una junta de vecinos,y se lo comunicamos al presidente, que en un primer lugar va a intentar por las buenas ver realmente lo que han hecho y si lo han hecho correctamente y si no, denunciar al ayuntamiento.
El presidente debe tomar medidas de urgencia, y luego convocar junta. Ante la duda, debe solicitar informe a un Arquitecto.
La decisión de urgencia es, que si efectivamente es de carga, el desplome del edificio, es inminente.
Como solución provisional, póngase en contacto, con el servicio de bomberos, que lo verificaran al momento, y apuntalarán el edificio.
Es tan simple como denuncia al Ayuntamiento, es gratis, rápida y eficaz. Se puede hacer a título particular y ni hay que implicar a la comunidad.
Sea o no muro de carga, le obligarán a dejarlo como estaba por carecer de licencia, aparte de posibles sanciones.
Otra posibilidad es plantearlo en un Junta para que sea el presidente, en nombre de la comunidad, quien lo haga, el resultado es el mismo pero no te implicas personalmente, salvo que tendrás que decirlo tú en la Junta.
La opción por la vía civil es más cara y lenta, sólo la utilizaría si falla la administrativa, que no debería.
Si está seguro de que es un muro de carga, yo haría 3 cosas:
1 .- Convocar junta extraordinaria urgente, para decidir las medidas a tomar ante el posible peligro del edificio.
2 .- Propondría en esa junta la elaboración urgente, por técnico competente, de un estudio de la obra realizada.
3 .- Finalmente, propondría que se obligara al propietario a devolver el muro a su estado original
Supongo que esta tercera no será compartida por muchos, por ser demasiado drástica, pero es la única forma de solucionar este tipo de actuaciones de algunos propietarios, en el sentido de hacer lo que quieran, sin contar con nadie, y a esperar que ya que está hecha se la consientan. Y es que estamos hablando de algo muy serio, como es suprimir parte de un muro de carga, que puede poner en peligro la estabilidad de todo el edificio.
Puedes estar equivocado, posiblemente no sea muro de carga, será paramento exterior del edificio, que efectivamente es un elemento común que no debe tirarse, pero que si se tira no hay peligro, estructural mas bien lo contrario. Alivio ligereza en las cargas.
Es demandable pero mi opinión es que llegado el caso, debes de ser tú o el que demanda, probar y fundamentar mucho y muy bien en que te perjudica.
También infringe legalidad urbanística, que si se denuncia normalmente se queda en nada, o una simple multa.
Es muy habitual, este tipo de ilegalidades con trampa.
Sin permisos seguro, ya que no conceden licencias, de obras ilegales, y esta lo es.
De todas formas te ofrecen consulta técnica, y puedes enviarles alguna foto, que se aprecie la obra si es que se puede, o alguna de tu vivienda, que se corresponda el mismo muro.
Os quería consultar. Un vecino que ha comprado el piso este mismo años, a hecho una reforma general,(casi seguro que sin pedir permisos) y hemos visto tanto desde la calle como desde dentro de la vivienda, que ha tirado parte de un muro de carga para juntar la terrraza con el salon.
No se muy bien, que hacer, a mí en principio no me gusta denunciar a nadie, y menos como están estos tiempos, pero por otro lado tengo miedeo de que sufra deterioros el edificio.
Alguien me puede aconsejar. Se que en la junta municipal puedo poner una reclamación para que vaya un técnico del ayuntamiento de madrid a revisar, pero no se que conlleva esta revisión, le pondrían multa?...