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muro contencion piedra

3 Comentarios
 
Muro contencion piedra
12/09/2011 21:27
Hola, soy de Barcelona y tengo una casa con un muro perimetral de piedra...la casa es antigua...y me gustaría saber normativa vigente qué regule las características de un muro de piedra....altura máxima, anchura, etc. Ya qué me han dicho qué por las dimensiones qué tiene no está bien construido...Gracias!!
29/09/2011 16:56
Buenos tardes.

Los muros de piedra tienen su tema. Si son de mampostería que es lo que me imagino (piedras totalmente irregulares). El CTE-SE no parece que admita esta solución para muros de piedra estructurales de una casa. Es un tema complejo....
Si es el cerramiento de una parcela es otra cosa, eso lo tiene que estipular la normativa urbanistica del municipio y sino las normas subsidiarias.
Si ya es un problema técnico tienes que irte a normativa antigua...hay un libro de los años 70 de Eduardo Torroja. Luego hay bibliografia sobre como hay que construir en muros de piedras, las hiladas,...Antes todo era más rustico digamos.
¿Quien te ha dicho que no esta bien construido?
30/09/2011 11:07
Buenos días,

Ante todo muchas gracias por tu respuesta.

El caso es que el pasado mes de marzo debido a una tormenta que hubo en Barcelona, se recogieron más de 50 litros en una hora por metro cuadrado...y el muro que es de piedra irregular, como bien decías de mampostería, se derrumbó sólo una parte debido a la presión del agua...pues bien, esta casa la compre 9 meses antes de que ocurriera el siniestro...así que llamé a mi seguro y éste me dijo que era competencia del Consorcio, el cual despues de varios meses esperando respuesta, que nos visitara el perito, etc. nos dicen que el muro muestra un defecto de construcción y que no les corresponde a ellos hacerse cargo del coste de la reparación. Por este motivo, necesito saber que normativa es aplicable para saber si el muro fue construido conforme a ley, esto fue en año 1955, y si es así el Consorcio debería hacerse cargo de la reparación.

Gracias y un saludo.
01/10/2011 01:24
El muro lleva mucho tiempo construido y por tal motivo es poco probable que exista un defecto en origen de tal importancia que tenga a fecha de hoy una incidencia significativa en la valoración del riesgo cubierto por la póliza.

Parece ser, por lo que dice en su primer mensaje que el problema es de las dimensiones del muro. En tal caso, al suscribir dicha póliza se habrían puesto de manifiesto esos defectos en la peritación inicial, ¿no?.

De todos modos también es raro que ese derrumbe se deba a vicio oculto en una construcción tan antigua, más bien se debería a un problema de conservación.

En cualquier caso deberá designar un perito de parte y si no hay acuerdo acudir a los juzgados. Léase la ley 50/1980 del contrato de seguro y, si lo necesita, pregunte también en el foro de mercantil.

Un saludo.